RODRIGUEZ CARLOS DANIEL c/ FUERZA AEREA ARGENTINA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Rodríguez solicitó ser reconocido como veterano de guerra de Malvinas para acceder a la pensión honorífica; el Juzgado Federal rechazó la demanda por no acreditar que el actor hubiera participado en el TOM/TOAS, conforme a la normativa y jurisprudencia aplicable, y ordenó costas y regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
Sr. Carlos Daniel Rodríguez.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional – Fuerza Aérea Argentina.
- Objeto de la demanda: Pedido de incorporación y reconocimiento como Veterano de Guerra de Malvinas y otorgamiento del certificado correspondiente para acceder a la pensión honorífica (Ley 23.848 y Dec. 886/05).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda presentada por el Sr. Carlos Daniel Rodríguez contra el Estado Nacional – Fuerza Aérea Argentina; se impusieron las costas por su orden; y se reguló en favor del letrado actor la suma de $521.100 (5 UMAS) por honorarios. Protocolícese, notifíquese y archívese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"1) Respecto al fondo de la cuestión, y de los antecedentes expuestos, el tema a determinar resulta en establecer si el actor debe ser considerado incluido en las prescripciones de la ley 23.848, que lo habilitaría a la percepción de la pensión de guerra perseguida. La condición establecida en la norma es haber estado destinado en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) o haber entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), y a los civiles que se encontraban cumpliendo funciones de servicio y apoyo en los lugares antes mencionados, entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982, debidamente certificado, según lo establecido en el Dec. 2634/90. Dado que en ese lugar fue donde se desarrollaron las acciones bélicas más cruentas, fue determinado como el ámbito espacial de desempeño, como condición para acceder a los beneficios legales establecidos, por lo que resulta requisito esencial la prueba de dicha circunstancia."
"2) Respecto de la prueba producida, la Fuerza Aérea Argentina informó en fecha 06/06/25 que no se registran antecedentes de la movilización del actor al TOAS (Teatro de Operaciones del Atlántico Sur) y/o TOM (Teatro de Operaciones de Malvinas). Se indicó que fue enviado como Soldado a la IX Brigada Aérea, que posteriormente se convirtió en la Base Aérea Militar Comodoro Rivadavia, por lo que su participación en el Conflicto fue en la Zona de Despliegue Continental (ZDC), fuera de la jurisdicción del Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) y Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS)."
"6) La mencionada “participación” en las zonas de TOM y TOAS no resultó acreditada por el peticionante. Por todo lo expuesto, habré de rechazar la demanda interpuesta."
- Disidencias: no se registran votos en disidencia en el texto; la decisión consignada en la parte resolutiva es la que prevalece.
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