Logo

VAINSTEIN EDUARDO OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó el recálculo y pago de diferencias de su haber previsional contra ANSES por aplicación de normas de movilidad y exclusión de rubros. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó dejar sin efecto la resolución administrativa impugnada y disponer la liquidación y pago del haber inicial recalculado en 120 días, con análisis de confiscatoriedad según precedentes de la CSJN.

Vainstein Anses Recalculo de haber P.b.u. Prestacion compensatoria Prestacion adicional por permanencia Confiscatoriedad Inclusion de rubros remunerativos Inconstitucionalidad de topes Liquidacion en 120 dias


¿Quién es el actor?

EDUARDO OSCAR VAINSTEIN.

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
- Objeto de la demanda: Petición de dejar sin efecto resolución que denegó el reajuste del haber previsional; orden de recálculo, liquidación y pago de las diferencias del haber inicial (PBU, PC y PAP), con inclusión de rubros percibidos en actividad y control de confiscatoriedad.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda, se dejó sin efecto la resolución impugnada y se ordenó a ANSES que en el plazo de 120 días practique la liquidación ordenada, ponga al pago el haber inicial recalculado y efectúe los requerimientos presupuestarios para cancelar las acreencias retroactivas que resulten; costas por su orden; regulación de honorarios diferida hasta existir suma líquida aprobada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales importantes): 1) "Adentrándonos en la cuestión de fondo, respecto de la solicitud de actualización de la P.B.U., atento a lo resuelto por el Alto Tribunal en el fallo 'Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios, sentencia del 11 de noviembre de 2014, corresponde diferir el cálculo a los fines de verificar la confiscatoriedad para la etapa de ejecución (conf. C.S.J.N. in re 'Actis Caporale', Fallos 323:4216). Sin perjuicio de ello, por los principios de economía y celeridad procesal, estimo prudente determinar en esta etapa la pauta correspondiente a los fines de la actualización y el método de cálculo de la confiscatoriedad." (sigue la metodología ordenada para establecer diferencia entre P.B.U. redeterminada y P.B.U. inicial y calcular "M.C.x100/H.I.R.S.") 2) "Conforme lo expuesto, considero que constituye remuneración toda suma que percibió el trabajador con carácter habitual, en consecuencia, las asignaciones pretendidas por la actora deben ser consideradas también como parte integrante del haber inicial del presente beneficio. No obstante, se deberá practicar sobre el retroactivo que por todo concepto deba percibir la actora el descuento del porcentual correspondiente a los aportes respecto de dichas sumas." 3) Sobre topes y límites: "Que en relación al planteo introducido por la actora referido a la declaración de inconstitucionalidad del del art. 4de la Res. SSS 03/21, en relación con la actualización de las remuneraciones, estimo que el modo que dicho tope ha sido impuesto por el órgano administrado, excede el marco de la norma que reglamenta... En consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo en cuestión." 4) Sobre confiscatoriedad y topes: "si la aplicación del art. 26 de la ley 24.241... si aún resultara confiscatoria correspondería declarar su inconstitucionalidad." 5) Sobre bonos y refuerzos: "En consecuencia, corresponde el rechazo de lo solicitado por la parte actora en este punto, en este estadio." (respecto de pedidos de incorporación de subsidios extraordinarios/refuerzos de ingreso previsional) 6) Intereses y plazos: "Las diferencias resultantes desde que cada suma es debida y hasta el efectivo pago devengarán intereses a la Tasa Pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina... La liquidación de deberá confeccionarse en el término de 120 (ciento veinte) días de quedar firme o ejecutoriada la presente..."
- Disidencias: no se registran votos en disidencia en este pronunciamiento; la resolución es dictada por la Jueza Federal María Gabriela Janeiro.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar