PELETEIRO, LUIS HUGO Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PSA-DTO 836/08 463/17 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Reclamo de personal de la PSA por incorporación de compensaciones decretadas como remunerativas y bonificables. La Cámara confirmó la sentencia apelada sobre la incorporación de los adicionales por el período vigente y modificó la imposición de costas, que correrán en el orden causado en ambas instancias.
Actor: PELETEIRO, Luis Hugo y otros. Demandado: Estado Nacional (Ministerio de Seguridad – Policía de Seguridad Aeroportuaria). Objeto de la demanda: Reclamo de incorporación al haber mensual, con carácter remunerativo y bonificable, de compensaciones y suplementos previstos en los decretos 836/08 y 2140/13 (entre ellas “Por Vivienda”, “Por Racionamiento”, “Por Zona”, “Por Vestimenta”), y liquidación de retroactividades e intereses; impugnaciones sobre tasa y capitalización de intereses; costas.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de primera instancia en los términos expuestos por la Cámara: la incorporación de los adicionales decretados al haber mensual con carácter remunerativo y bonificable por el período que se encontraren vigentes; se aplicará la tasa de interés correspondiente (pasiva promedio mensual publicada por el BCRA) y se desestimó el agravio sobre capitalización de intereses conforme precedentes; y se modificó la imposición de costas para que “corran en el orden causado en ambas instancias” (art. 68, segundo párrafo, CPCCN).
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
- “Resulta de interés destacar que, el 24.9.24, la Corte Suprema de Justicia de la Nación convalidó el criterio jurídico allí expuesto (cfr. CAF 048697/2017/CS001, ‘Martínez, José Domingo y otros c/ EN
- M Seguridad
- PSA s/personal militar y civil de las FFAA y de Seg’). En razón de lo expuesto, corresponde confirmar la sentencia apelada en cuanto al carácter de los adicionales establecidos por los referidos decretos, por el período que se encontraren vigentes.”
- “Que en lo atinente al agravio del actor referido a la tasa de interés aplicada, se debe poner de relieve que en el precedente ‘Zanotti Oscar Alberto c/ EN – Mº Defensa – Dto. 871/07 s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg.’, del 22 de abril de 2010, esta Sala estableció que los créditos reclamados en autos se rigen por lo dispuesto por el art. 22 de la ley 23.982, a los que se les aplicará la tasa pasiva promedio mensual que publique el Banco Central de la República Argentina (conf. art. 10 del decreto Nº 941/91 y art. 8º, segundo párrafo, del decreto 529/91), hasta su efectivo pago.”
- “Que en relación al planteo de la parte actora referido a la capitalización de intereses se debe estar a lo resuelto por la Corte Federal in re C.1051.XLVIII. ‘Cardozo, Roque Ariel y otros c/ EN Mº Interior–dto 1246/05 s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.’, sentencia del 21 de octubre de 2014 citada. Consecuentemente, ... corresponde desestimar el agravio a su respecto.”
- “Que, por último, en lo que concierne a las quejas referidas a los gastos causídicos de la anterior instancia, en atención a la naturaleza y la complejidad de las cuestiones debatidas, corresponde modificar lo decidido por la sentencia de grado y distribuirlos en el orden causado en ambas instancias (art. 68, segunda parte, del CPCCN).”
Disidencias: No consta voto en disidencia; los Sres. Jueces Morán y Duffy adhieren al voto del Sr. Juez Vincenti.
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