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CHAPARRO, ENRIQUE DANIEL c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

Reclamó el actor reajustes por movilidad frente a ANSeS por la aplicación de decretos y normas de movilidad. La Cámara Federal de Mar del Plata hizo lugar al recurso del actor, declaró inconstitucionales los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020, declaró la inaplicabilidad del art. 1º de la ley 27.609 y ordenó recomponer el haber desde septiembre/2022, confirmando el resto de la sentencia y obligando a ANSeS a abonar las diferencias.

Anses Movilidad previsional Inconstitucionalidad Decretos 163/2020 495/2020 692/2020 899/2020 Ley 27.609 art.1? Recomposicion de haberes Ipc-indec Devoluciones/diferencias Costas Sentencia de camara


¿Quién es el actor?

CHAPARRO, ENRIQUE DANIEL.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes por movilidad y declaración de inconstitucionalidad de decretos del PEN (163/2020, 495/2020, 692/2020, 899/2020) y de normas relativas a la movilidad previsional (art. 1º ley 27.609, otros), con pedido de recomposición de haberes y pago de diferencias.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de apelación del actor; se declaró la inconstitucionalidad de los Decretos 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020 y se ordenó a ANSeS abonar la diferencia que resulte entre lo percibido y lo que se hubiera percibido de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241, modificado por la ley 27.426. Se revocó parcialmente el decisorio para disponer la recomposición del haber a partir del mensual 09/2022; en consecuencia se confirmó la declaración de inconstitucionalidad e inaplicabilidad del art. 1º de la ley 27.609 (aplicándose lo resuelto en autos citados) y se confirmó el resto de la sentencia apelada. Se impusieron las costas a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En consecuencia, corresponde DECLARAR la inconstitucionalidad de los Dec. 163/2020 495/2020, 692/2020 y 899/2020, y con ello ordenar a la demandada a que abone la diferencia que surja entre lo percibido por la actora y lo que hubiere percibido de aplicarse el art. 32 de la ley 24.241, modificado por la ley 27.426.-" "Con ello corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, debiendo estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC.-" "II.
- REVOCAR PARCIALMENTE el decisorio en cuanto ordena, RECOMPONER el haber a partir del mensual 09/2022, y en consecuencia confirmar la DECLARACIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD e INAPLICABILIDAD al caso de Autos, del art. 1º de la ley 27.609, debiendo aplicarse aquí lo resuelto en el fallo 'PALACIOS, JUAN CEFERINO c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS, Expediente Nº 4223/2024', que remite a los Autos 'GIMENEZ, MIRTA NOEMI c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS', Expte. Nro. 3073/2022 ... y su (aclaratoria de fecha 13/06/2025)."
- Disidencias: No consta disidencia en el bloque resolutorio final; la resolución que impera es la transcripta y adoptada por la mayoría.

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