Logo

BERMUDEZ, ALBERTO JORGE c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO- ARCA s/ACCION MERE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra normas del impuesto a las ganancias que permiten la retención sobre haberes previsionales. La Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia de primera instancia que declaró inconstitucionales las disposiciones cuestionadas y ordenó el cese de descuentos y el reintegro quinquenal con costas a la alzada.

Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Haberes previsionales Reintegro quinquenal Tasa pasiva bcra Accion meramente declarativa Via administrativa Costas de alzada Precedentes csjn garcia Prescripcion tributaria


¿Quién es el actor?

Alberto Jorge Bermúdez.

¿A quién se demanda?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) —antes AFIP—.
- Objeto de la demanda: Accion meramente declarativa de inconstitucionalidad de artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias (artículos 1, 2 y 82 inc. c) según la presentación; y en la sentencia se declaró la inconstitucionalidad, respecto del beneficio previsional, de Arts. 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la ley 20.628 y demás normas conexas). Se solicitó además cese de descuentos y reintegro de sumas retenidas desde cinco años antes de la acción, con intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de fecha 04/05/2026, en cuanto fue materia de agravios, e impuso las costas de Alzada en el orden causado. En consecuencia se mantiene la declaración de inconstitucionalidad aplicada al beneficio previsional del actor, el cese de retenciones y el reintegro de las sumas debidas conforme a los alcances fijados en la sentencia de primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas relevantes): 1) "la sola capacidad contributiva como parámetro para el establecimiento de tributos a los jubilados, pensionados, retirados o subsidiados resultaba insuficiente si no se sopesaba la vulnerabilidad vital del colectivo concernido". 2) "la doctrina sentada en [García] fue extendida por el Máximo Tribunal a casos análogos, donde no se detuvo a hacer un análisis concreto y diferenciado en torno a la vulnerabilidad de esos actores, más que la condición de ser beneficiarios de un haber previsional." 3) "acudir a la sede administrativa como requisito previo ... comporta un excesivo rigor formal incompatible con las reglas del debido proceso ... la autoridad administrativa carece de competencia" (con referencia a Art. 81 ley 11.683 y precedentes de la Cámara). 4) Sobre el período de reintegro: "corresponde el reconocimiento quinquenal de las sumas que les hubiesen sido retenidas sobre los haberes del accionante ... 'La acción de repetición de impuestos prescribe por el transcurso de CINCO (5) años' (Art. 56 ley 11.683)". 5) Respecto de intereses: "resulta razonable en la especie aplicar la tasa pasiva mensual publicada por el Banco Central de la República Argentina" en consonancia con precedentes de la CSJN.
- Disidencias: No se registra disidencia; el Dr. Néstor Pablo Barral adhirió al voto que propone confirmar la sentencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar