ARAMAYO, JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
Reclamaron el reajuste de haberes previsionales y diferencias retroactivas por parte de un jubilado contra ANSeS, incluyendo discusión sobre la PBU y la aplicación del impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, ordenó el pago de los haberes recalculados y retroactivos, y declaró inaplicable el impuesto a las ganancias respecto de los retroactivos, imponiendo costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
ARAMAYO, JUAN CARLOS (actor/demandante).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) (demandada).
- Objeto de la demanda: Reajustes por movilidad — pago del haber recalculado y diferencias retroactivas; declaración de invalidez constitucional del artículo 3 del DNU 157/2018; regulación de honorarios; tratamiento de la Prestación Básica Universal (PBU); aplicación del impuesto a las ganancias sobre retroactivos.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios y se impusieron las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme al artículo 36 de la ley 27.423. Insértese, hágase saber, publíquese y oportunamente, devuélvanse los autos al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"2º) Ingresando al estudio de la queja de la accionada sobre el tratamiento dado a la Prestación Básica Universal (PBU), corresponde confirmar lo ordenado en la sentencia sobre el punto de conformidad a los precedentes citados por el juez a quo de Nuestro Máximo Tribunal de Justicia y a los antecedentes dictados por esta Alzada."
"6°) En cuanto a la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias respecto de las sumas que se liquiden en concepto de retroactivos derivados de reajustes de haberes previsionales, entiendo que así debe declararse, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas “GARCIA, Marta Susana c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” y “DATTORE, Manuel Víctor s/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, del 10 de septiembre 2020 y “Villamayor, Homero Jorge c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, del 17 de septiembre 2020 y receptado en igual sentido por el plenario de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta en autos “PERCIVALDI, Roberto René c/ ANSeS s/ Apela Resolución” Expte. N° 31000160/2009, del 29 de diciembre de 2020, donde se resolvió que los retroactivos adeudados por la Administración Nacional de la Seguridad Social por reajustes ordenados en sentencias judiciales no resultan ser ganancias gravadas, de conformidad con las disposiciones de la ley 20.628 (Considerando 3)."
"7°) Respecto al agravio sobre las costas, este habrá de rechazarse por cuanto el a quo aplicó el fallo “Morales” de la CSJN y siendo que se hizo lugar sustancialmente a la demanda cursada por la actora no existe razón alguna para apartarse del criterio general de la derrota, por lo que cabe confirmar la imposición hecha."
- Disidencias: No hay fundamento mayoritario en disidencia; los tres vocales adhieren a la solución del acuerdo (la Dra. Vidal expone el voto principal, la Dra. Andalaf Casiello adhiere y el Dr. Pineda adhiere en lo demás).
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