TRENAGHI, JULIO CESAR c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
Reajuste de haberes previsionales solicitado por el actor Julio César Trenaghi contra ANSeS. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó el pago del haber recalculado y diferencias retroactivas, declaró de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones ANSeS N°56/2018 y Secretaría de Seguridad Social N°1/2018 y del artículo 3 del DNU 157/2018, e impuso las costas de esta instancia a la demandada.
¿Quién es el actor?
TRENAGHI, Julio César.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes; orden de pago del haber recalculado y diferencias retroactivas por reajuste previsional.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia en todos los puntos materia de agravios; declaró de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social N° 1/2018 y del artículo 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 157/2018; e impuso las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme al artículo 36 de la ley 27.423. Se ordenó además la inserción, publicación y devolución de autos al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En consecuencia, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaria de Seguridad Social N° 1/2018."
"Por lo que, teniendo en cuenta la normativa que resulta aplicable atento a la fecha de adquisición del beneficio, deben considerarse la totalidad de los años aportados."
"En mérito de lo expuesto, SE RESUELVE: I) Confirmar la sentencia apelada en cuanto ha sido materia de agravios, conforme lo aquí expuesto y en los precedentes mencionados. II) Declarar de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaria de Seguridad Social N° 1/2018. III) Declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en la parte resolutiva final; la decisión es por la Sala en los términos transcritos.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: