Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ZOILO, GREGORIO Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737
Causa penal por tenencia de estupefacientes por la posesión de 5,5 gramos de cocaína. La Cámara (Tribunal Oral Federal de Corrientes, integrado unipersonalmente) condenó a Héctor Javier Rodríguez a 1 año de prisión en ejecución condicional, multa de $11,25, costas y reglas de conducta por dos años, al aprobar el acuerdo de juicio abreviado y considerar acreditada la tenencia simple.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (Fiscales Generales a cargo del Área de Transición de la Unidad Fiscal de Corrientes, Dres. Carlos A. Schaefer y Tamara A. Pourcel; Fiscal de instrucción Mariano E. de Guzmán).
- Demandado / Imputado: Héctor Javier Rodríguez (DNI 36.304.706).
- Objeto de la demanda: juicio por infracción a la ley 23.737; tenencia de cocaína hallada el 27/06/2025 (un envoltorio, peso total 5,5 gramos), con allanamiento en domicilio de Barrio Bicentenario, Casa N°15, Goya (secuestro de moto, celulares, posnet, elementos de corte y anotaciones).
¿Qué se resolvió?
Se aprobó el acuerdo de juicio abreviado y se condenó a Héctor Javier Rodríguez como autor penalmente responsable del delito de tenencia simple de estupefacientes a la pena de un (1) año de prisión de ejecución condicional, multa de once pesos con veinticinco centavos ($11,25) y costas; se impusieron reglas de conducta por dos (2) años (fijar residencia e informar cambios y someterse a fiscalización trimestral de la DECAEP; abstenerse de concurrir a lugares o relacionarse con personas vinculadas al tráfico o actividades ilícitas con estupefacientes); se reservaron en Secretaría los elementos secuestrados hasta resolver la situación de los demás encausados; notifíquese y publíquese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) “En base a esos elementos, consideraron la mayor exigencia probatoria que esta etapa del proceso requiere y habiendo efectuado un reexamen de aquéllos, estimaron pertinente aminorar la acusación efectuada por la figura prevista en el artículo 14, primera parte, de la ley 23.737.”
2) “Los elementos hallados antes mencionados, analizados aisladamente y en conjunto con el resto del material secuestrado, no resultan suficientes por sí solos para tener por acreditado el destino comercial de la sustancia, máxime cuando no se ha secuestrado ningún elemento compatible con una actividad organizada de comercialización.”
3) “Este Tribunal tiene por suficientemente acreditado que el día 27 de junio de 2025 Héctor Javier Rodríguez tenía en su poder un (01) envoltorio de cocaína con un peso total de 5,5 gramos... La diligencia reseñada, la que vale aclarar no fue cuestionada por las partes, se halla correctamente realizada.”
4) “...no se advierten circunstancias agravantes que permitan apartarse del monto mínimo legal establecido... Las circunstancias apuntadas resultan insuficientes para imponer una pena que se aparta sensiblemente del mínimo legal y permiten concluir que la pena de un año de prisión en suspenso es la que mejor se adecua a las condiciones objetivas y subjetivas analizadas.”
- Disidencias: No constan votos en disidencia relevantes; la resolución fue dictada unipersonalmente por el Juez Simón Pedro Bracco en carácter de Tribunal Oral Federal de Corrientes.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: