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SILVESTRINI, GRACIELA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó reajuste de su haber previsional contra ANSES. La Cámara Federal de Córdoba modificó parcialmente la sentencia de primera instancia: dejó sin efecto la adición del 2% mensual a la Tasa Pasiva promedio del BCRA y confirmó el resto de la decisión, ordenando el recalculo del haber inicial.

Reajuste de haberes Anses Tasa pasiva bcra 2% mensual Isbic Ley 24.241 Exencion ganancias Costas Recalculo de haber Seguridad social


¿Quién es el actor?

SILVESTRINI, Graciela María (actora jubilada titular de beneficio previsional obtenido bajo la Ley N° 24.241 con fecha 20/8/2018).

¿A quién se demanda?

A.N.Se.S. (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del haber previsional; se solicitó recalculo y actualización del haber adeudado por ANSES, exención del Impuesto a las Ganancias y demás accesorios.

¿Qué se resolvió?

Se modificó la sentencia de fecha 12/12/2023 sólo en cuanto a que se dejó sin efecto la adición del 2% mensual a la Tasa Pasiva promedio que publica el BCRA; en lo demás la sentencia fue confirmada y la Alzada ordenó que se tenga presente lo expuesto para el recálculo del haber inicial. Se impusieron las costas de segunda instancia en el orden causado y no se regularon honorarios por las razones indicadas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "En función de ello, se debe valorar la fecha de obtención del beneficio y las pautas establecidas en los artículos 24 inc a) y 97 de la Ley 24.241
- según corresponda
- y actualizar las remuneraciones devengadas hasta el mensual de febrero de 2009 inclusive, conforme el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (I.S.B.I.C.). Para el período posterior, debe estarse a lo dispuesto por la normativa aplicable según la fecha de obtención del beneficio. Por lo expuesto, corresponde confirmar la sentencia de primera instancia en este punto conforme a lo aquí decidido." "En cuanto al agravio referido que a la Tasa Pasiva Promedio que publica el BCRA se le adicione el 2%, a fin de dar respuesta al mismo se remite a los argumentos brindados por este Tribunal en los autos: 'DUS, MARIA LUISA C ANSES – REAJUSTE DE HABERES' (Expte. Nº 33040602/2012) y 'FERREYRA, ANA MARIA C/ ANSES – REAJUSTES DE HABERES' (Expte. Nº FCB 24060029/2006/CA1), a cuyas integra lectura se remite en honor a la brevedad. En función de ello, se modifica la sentencia apelada en cuanto a este punto y se deja sin efecto la adición del 2% mensual." "En virtud de lo expuesto y atento que la parte demandada resultó vencida, corresponde confirmar lo allí resuelto."
- Disidencia: No se registra voto en disidencia relevante; la Parte Resolutiva es producto del acuerdo mayoritario.

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