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ARCA c/ OLIVIERI SABRINA LUCIA s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Ejecución fiscal promovida por ARCA contra Olivieri Sabrina Lucía por deuda tributaria. El Juzgado Federal declaró expedita la ejecución y habilitó a la AFIP a perseguir el pago del capital de $24.642.598,29 más intereses, con imposición de costas a la demandada y medidas ejecutivas complementarias (embargo, inhibición general).

Ejecucion fiscal Afip Deuda tributaria Embargo bancario Inhibicion general de bienes Liquidacion de deuda Costas Ley 11.683 Imputacion de fondos Juzgado federal


¿Quién es el actor?

ARCA (ex A.F.I.P.), representación del Fisco.

¿A quién se demanda?

OLIVIERI SABRINA LUCIA.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal por suma reclamada en boleta de deuda por capital $24.642.598,29 (más intereses legales), según liquidación agregada en autos.

¿Qué se resolvió?

Se declaró expedita la ejecución de la deuda contra la demandada, habilitándose a la Administración Federal de Ingresos Públicos a llevar adelante la ejecución hasta obtener el íntegro pago del capital de $24.642.598,29 con más sus intereses legales; se impusieron las costas a la demandada; se ordenaron medidas ejecutivas complementarias (embargo bancario, posibilidad de inhibición general de bienes ante el Registro de la Propiedad Automotor y el Registro General de la Provincia) y se reguló la forma de liquidación e impugnación administrativa de la deuda.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del texto): 1) "Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones)." "Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado." 2) "Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad, a cuyo fin deberá trabarse la inhibición general de bienes del demandado ante el Registro de la Propiedad Automotor y el Registro General de la Provincia..." "Dicha medida será levantada una vez y en la medida en que se haya satisfecho la pretensión fiscal..." 3) "De igual manera, de resultar positivo el embargo bancario ordenado, el Representante del Fisco -dentro de los cinco días de quedar firme la presente-, deberá solicitar al Tribunal la imputación de los fondos a las respectivas cuentas recaudadoras, bajo su exclusiva responsabilidad."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en el expediente; la resolución es única y dictada por el Juez Federal de 1ra. Instancia.

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