Incidente Nº 2 - IMPUTADO: PEREZ PIETRAFESA, AGUSTIN LEONEL Y OTROS s/Audiencia de sustanciación de impugnación (Art. 362)
Impugnaron la resolución que rechazó un planteo de nulidad por diligencias policiales. El Juez de Revisión revocó la resolución del 30/07/2026 y declaró la nulidad del procedimiento y de los actos subsecuentes por falta de motivos objetivos que justificaran la intervención policial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La Unidad Fiscal de Río Gallegos (impugnante: Dr. Pablo Mansilla) y, en representación de los imputados, las Defensoras Públicas Oficiales (Dras. Ana M. Pompo y Marisa González) presentaron planteos en la audiencia de impugnación.
Demandado: Resolución previa del Juez de Garantías de fecha 30 de julio de 2026 que no hizo lugar al planteo de nulidad.
Objeto: Impugnación de la resolución que rechazó la nulidad de actuaciones policiales; se solicita declarar la nulidad del procedimiento por la realización de diligencias policiales sin motivos objetivos suficientes.
Decisión: Se revocó la resolución de fecha 30 de julio de 2026 del Juez de Garantías en cuanto no hizo lugar al planteo de nulidad instado por ambas partes, y se declaró la nulidad del procedimiento cuestionado, en cuanto comprendió las diligencias policiales realizadas sin la existencia de motivos objetivos suficientes que justificaran la intervención desplegada, y de los actos subsiguientes que resulten consecuencia directa e inmediata de aquel.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes):
"Abierto el acto, el magistrado concedió el uso de la palabra al Dr. Pablo Mansilla quien se expidió respecto de los fundamentos de su impugnación, los que se encuentran registrados en el audio y video de la presente audiencia. Concedida la palabra a la Defensora Pública Oficial, coincidió con el planteo del Ministerio Público Fiscal, quedando debidamente registrada las manifestaciones vertidas en tal sentido. Escuchadas las partes, y en virtud de las consideraciones que constan en el soporte audiovisual registrado el día de la fecha, S.S. RESOLVIÓ: I. REVOCAR la resolución de fecha 30 de julio de 2026 del Juez de Garantías en cuanto no hizo lugar al planteo de nulidad instado por ambas partes. II. DECLARAR LA NULIDAD del procedimiento cuestionado, en cuanto comprendió las diligencias policiales realizadas sin la existencia de motivos objetivos suficientes que justificaran la intervención desplegada, y de los actos subsiguientes que resulten consecuencia directa e inmediata de aquel."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; la resolución fue dictada por el Juez de Revisión actuando unipersonalmente y el acta no registra votos discrepantes.
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