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ARCA c/ SEMILLERA GUASCH S R L s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP) promovió ejecución fiscal contra Semillera Guasch SRL por deuda tributaria. El Juzgado Federal de Bahía Blanca ordenó el remate y la ejecución hasta obtener el pago íntegro del capital reclamado de $13.271.043,20 más intereses, gastos y costas, por pérdida del derecho de defensa del ejecutado.

Ejecucion fiscal Remate Afip Arca Apercibimiento art. 41 cpccn Perdida del derecho Honorarios Ley 11.683:92 Deuda tributaria Semillera guasch srl


¿Quién es el actor?

FISCO NACIONAL
- AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- ARCA).

¿A quién se demanda?

SEMILLERA GUASCH S R L.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal y remate para obtener el pago de deuda tributaria por el capital reclamado de $13.271.043,20, más intereses, gastos y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al pedido de remate y se ordenó llevar adelante la ejecución hasta que la actora ARCA se haga del íntegro pago del capital reclamado de $13271043.2, sus intereses, gastos y costas. Se declaró perdido el derecho que el ejecutado dejó de usar por no haber opuesto excepción legítima en término; se reguló que la liquidación de honorarios se tramite conforme a ley 11.683:92, decreto 65/05 y disposiciones 85/00 y 651/01 de la AFIP; y se hizo efectivo el apercibimiento del art. 41 del CPCCN.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes de la sentencia): "No habiendo opuesto excepción legítima alguna el ejecutado dentro del término que se le acordara, el que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar. En consecuencia, conforme lo pedido y lo prescripto en los arts. 542, 551 y 558 del CPC y C de la Nación, SENTENCIO esta causa de REMATE y ordeno llevar adelante la ejecución, hasta que la actora FISCO NACIONAL
- AFIP (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero
- ARCA) se haga del demandado -SEMILLERA GUASCH S R L-, íntegro pago del capital reclamado de $ 13271043.2, sus intereses, gastos y costas (CPCCN: 68)." "En cuanto a la regulación de honorarios, estése al procedimiento dispuesto en la ley 11.683: 92, el decreto 65/05 y las disposiciones 85/00 y 651/01 de la AFIP." "Hágase efectivo el apercibimiento del art. 41 del CPCCN."
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia en el texto proporcionado.

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