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Legajo Nº 6 - IMPUTADO: ROLON , MARIO DIONISIO s/LEGAJO DE CASACION

La defensa pública de Mario Dionisio Rolón impugnó la denegatoria de prisión domiciliaria para asistir a su madre enferma. La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, declaró inadmisible el recurso por falta de fundamentación suficiente y confirmó la validez de la valoración del tribunal de origen.

Casacion Prision domiciliaria Inadmisibilidad Fundamentacion Art. 456 c.p.p.n. Ejecucion penal Detencion domiciliaria Vulnerabilidad Camara federal de casacion penal Disidencia

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Defensa Pública Oficial de Mario Dionisio Rolón (recurrente). Demandado: Decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 de Rosario (resolución que negó la detención domiciliaria). Objeto: Se impugna la resolución que negó la prisión domiciliaria solicitada por la defensa en atención al estado de salud y vulnerabilidad de la madre del condenado; se peticiona que se conceda la detención domiciliaria a Mario Dionisio Rolón. Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de Mario Dionisio Rolón, sin costas, y tuvo presente la reserva del caso federal; remitió la causa al tribunal de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Analizado el recurso incoado, no supera este estándar, pues la parte se ha limitado a invocar defectos de fundamentación en la resolución recurrida, a partir de una discrepancia con la apreciación de las circunstancias concretas del caso que el a quo consideró relevantes para denegar la prisión domiciliaria." "En efecto, la defensa no ha logrado rebatir la afirmación de mi colega del tribunal oral en cuanto a que la madre de su asistido cuenta con familiares que pueden brindarle acompañamiento y asistencia frente a sus eventuales necesidades." "Llevo dicho al respecto que la discordancia sobre la interpretación que ha de dársele a las normas que se consideran aplicables al caso resulta insuficiente si el recurrente no desarrolla fundadamente el error o la violación de la ley sustantiva o procedimental en los términos del art. 456 C.P.P.N., suministrando al Tribunal de Casación argumentos referidos directa y concretamente a los conceptos esenciales que estructuran la construcción jurídica en que se asienta el pronunciamiento."
- Voto en disidencia relevante: El señor juez Gustavo M. Hornos expresó en disidencia que "el recurso interpuesto resulta formalmente admisible" y que corresponde "ingresar al fondo del asunto" y practicar audiencia de informes (art. 465 bis C.P.P.N.), criterio que quedó vencido por la mayoría.

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