Legajo Nº 4 - VICTIMA: Y.A.D. IMPUTADO: REY, JULIO ALBERTO s/LEGAJO DE CASACION
La defensa interpuso recurso de casación para solicitar prisión domiciliaria por el grave estado de salud y la edad avanzada de Julio Alberto Rey. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso, sosteniendo que los informes médicos y del Equipo Interdisciplinario no acreditan que el encierro intramuros agrave su salud y que la decisión recurrida está suficientemente motivada.
¿Quién es el actor?
Defensa Pública Oficial de Julio Alberto Rey (recurrente).
¿A quién se demanda?
Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar del Plata (decisión impugnada) / Ministerio Público Fiscal y Defensoría Pública de Víctimas intervinieron en la causa.
- Objeto de la demanda: Casación contra la resolución que rechazó la morigeración de la modalidad de cumplimiento de la pena a prisión domiciliaria por el estado de salud y la edad (76 años) del condenado Julio Alberto Rey.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de Julio Alberto Rey, sin costas en la instancia, y se tuvo presente la reserva del caso federal. Además, se exhortó al tribunal de origen a arbitrar las medidas necesarias para asegurar atención médica periódica y suministro de insumos al interno. Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "En este sentido, concluyeron que 'no se encuentra acreditado el presupuesto de vulnerabilidad o desamparo médico exigido por la ley. Encontrándose el causante debidamente tratado y compensado de sus dolencias por el servicio médico de la unidad de detención, su permanencia en el establecimiento carcelario no conculca sus garantías fundamentales ni configura una ejecución de pena degradante y en consecuencia la solicitud de detención domiciliaria deviene improcedente y debe ser rechazada'." "Así la decisión recurrida aparece suficientemente fundada no encontrándose vicios de fundamentación que permitan afirmar que es arbitraria, motivo por el cual corresponde rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de Julio Alberto Rey." "En definitiva, con este marco conformado por las circunstancias específicas del caso, estudiado en su integralidad, los argumentos expuestos por el tribunal lucen acertados para concluir como razonable, por el momento, la inaplicabilidad al caso bajo estudio de lo dispuesto en el inciso 'a' y 'd' del artículo 32 de la ley 24.660, por lo que corresponde confirmar la resolución impugnada." Disidencias: No existen votos en disidencia; la decisión fue unánime (Hornos, Carbajo y Borinsky). Fechas y montos relevantes: Fecha de la resolución de la Cámara: 02/09/2026. Edad del imputado según la defensa: 76 años. Pena impuesta en sentencia firme: 13 años y 4 meses; fecha de vencimiento de pena informada: 11/04/2035.
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