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Legajo Nº 2 - IMPUTADO: SOMMER, ADRIAN DANIEL s/LEGAJO DE CASACION

Recurso de casación contra la negativa de incorporación al régimen preparatorio para la liberación. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso por entender que las discrepancias valorativas invocadas no configuran agravio fundado ni arbitrariedad y sostuvo que la resolución de grado contiene fundamentos suficientes.

Casacion Inadmisibilidad Regimen preparatorio para la liberacion Art. 56 quater ley 24.660 Fundamentacion Arbitrariedad Reserva de caso federal Ejecucion penal Counselling correccional Costa procesal


¿Quién es el actor?

Defensa pública oficial de Adrián Daniel Sommer (recurrente en nombre del condenado).

¿A quién se demanda?

Sentencia/juez a quo (Tribunal Oral en lo Criminal Federal n°3 de Rosario en función de juez de ejecución).
- Objeto de la demanda: Recurso de casación contra la decisión que rechazó la incorporación de Sommer al Régimen Preparatorio para la Liberación (art. 56 quáter Ley 24.660, mod. por Ley 27.375).

¿Qué se resolvió?

Se declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de Adrián Daniel Sommer, con costas, y se tuvo presente la reserva del caso federal.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "III. Si bien la impugnación ha sido interpuesta en término, por quien tiene legitimación para recurrir y se dirige contra una de las resoluciones mencionadas en el art. 491 del CPPN, ello no es suficiente para habilitar esta instancia (arts. 459 y 463, CPPN). En el sub judice, la parte recurrente no introdujo argumentos ni una crítica razonada que logre conmover la decisión adoptada, toda vez que se ha limitado a invocar defectos de fundamentación en la resolución impugnada, a partir de una discrepancia sobre la interpretación de las circunstancias concretas del caso que el juez a quo consideró relevantes para resolver del modo en que lo hizo." "V. En razón de las consideraciones precedentes, las discrepancias valorativas expuestas por la parte recurrente, más allá de demostrar la existencia de una fundamentación que no se comparte, no configuran un agravio fundado en la doctrina de la arbitrariedad (Fallos: 306:362 y 314:451, entre muchos otros), en los graves defectos del pronunciamiento (Fallos: 314:791; 321:1328 y 322:1605) o en alguna cuestión federal." "De adverso a lo sostenido en su recurso, en la decisión a estudio se analizaron los elementos de convicción necesarios y suficientes para el tratamiento de la cuestión y la resolución recurrida contiene fundamentos que constituyen una derivación razonada del derecho vigente, todo lo cual aleja a la resolución de la ausencia de fundamentación y tacha de arbitrariedad pretendida."
- Disidencias: No hubo voto en disidencia; el acuerdo fue por mayoría y los tres jueces adhirieron a la inadmisibilidad (el Dr. Slokar manifestó observaciones procesales pero selló la suerte del remedio).

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