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TORREALBA FARIÑAS, ORIANA CAROLINA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía: se declaró ciudadana argentina a Oriana Carolina Torrealba Fariñas y se ordenó la expedición del título con las advertencias legales correspondientes. El Juzgado consideró acreditadas las condiciones constitucionales y legales para la incorporación, requiriendo el juramento de fidelidad y advirtiendo la posible pérdida de la nacionalidad anterior y la obligación de enrolamiento.

Ciudadania Carta de ciudadania Nacionalidad Enrolamiento obligatorio Juramento de fidelidad Perdida de nacionalidad anterior Art. 15 decreto 3213/84 Ley 24.755 Ministerio fiscal Direccion nacional de migraciones


¿Quién es el actor?

Oriana Carolina Torrealba Fariñas (peticionante).

¿A quién se demanda?

(no corresponde demanda contra un particular; es trámite ante el Juzgado Civil y Comercial Federal 2 con intervención del Ministerio Público y organismos oficiales).
- Objeto de la demanda: Solicitud de carta de ciudadanía argentina (incorporación a la ciudadanía argentina).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la solicitud y se declaró ciudadana argentina a Oriana Carolina TORREALBA FARIÑAS (n. 17/7/1990, Puerto Ordaz, Venezuela), ordenándose la extensión de la carta de ciudadanía una vez que la interesada preste juramento de fidelidad a la República, su Constitución y sus leyes; además, se instruyó que se le haga saber la obligación de enrolarse dentro de los doce meses y se oficie a la Cámara Nacional Electoral, al Ministerio de Relaciones Exteriores y a la Dirección Nacional de Migraciones.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del texto): "Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescritas por la Constitución, la ley y su reglamento, para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina. Por ello, teniendo presente lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y atento la expresa manifestación de voluntad expuesta por la peticionante, RESUELVO: Declarar ciudadana argentina a Oriana Carolina TORREALBA FARIÑAS, nacida en Puerto Ordaz, Bolívar, República de Venezuela, el día 17 de julio de 1990, y que es hija de Fulvio José TORREALBA MARCHAN y de Carolina José FARIÑAS DE TORREALBA, a quien se le extenderá el título respectivo siempre que bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República, su Constitución y sus leyes; haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro de los doce meses, bajo el apercibimiento dispuesto por la ley 24.755." "Incluso, hágasele saber que la concesión de la nacionalidad argentina podría importar -según el tradicional principio de unicidad de nacionalidad del derecho internacional público
- la pérdida de su nacionalidad anterior y que, tal concesión, se hará saber por la vía pertinente a su país de origen. Hágasele saber también que en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la ciudadanía argentina la existencia de algún impedimento legal, sobrevendrá la situación prevista en el art. 15 del decreto 3213/84 que determina la cancelación de la ciudadanía por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite de su obtención."
- Votos en disidencia: No constan votos ni disidencias; la resolución es dictada por el Juez de 1ª instancia conforme al trámite.

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