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FERNANDEZ, MARIA NILDA TERESA c/ OSDE s/AMPARO DE SALUD

Amparo de salud por cobertura de Nintedanib para fibrosis pulmonar. El Juzgado Federal hizo lugar a la demanda y ordenó a OSDE otorgar la cobertura al 100% del plan farmacológico prescripto (NINTEDANIB 100 mg x 60 cápsulas), contra presentación de recetas, por entender acreditada la indicación médica y el beneficio clínico.

Amparo de salud Nintedanib Fibrosis pulmonar idiopatica Cobertura 100% Obra social (osde) Cuerpo medico forense Conetec Ley 24.901 Uma Honorarios


¿Quién es el actor?

Sra. M. N. T. F.

¿A quién se demanda?

Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE).
- Objeto de la demanda: solicitud de cobertura integral (100%) del tratamiento medicamentoso con "Nintedanib" 100 mg x 60 cápsulas, prescripto por la médica tratante, para el tratamiento de Fibrosis Pulmonar Idiopática/Enfermedad Intersticial Pulmonar – Fibrosis Pulmonar Progresiva.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se ordenó a OSDE otorgar la cobertura al 100% del plan farmacológico indicado ("NINTEDANIB" 100 mg x 60 cápsulas), contra la presentación de las recetas respectivas; costas a la demandada; y regulación de honorarios de la abogada de la actora en 20 UMA ($2.084.400 al momento).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Con la presentación del informe circunstanciado, la accionada digitaliza el informe de la CONETEC, del que surgen las conclusiones señaladas precedentemente. Cabe valorar, en el caso particular sometido a decisición, que el beneficio clínico del tratamiento prescripto a la Sra. F. con Nintedanib 100 mg. se encuentra acreditado con las indicaciones y certificaciones emitidas por la médica tratante, a las que se hizo referencia precedentemente. Corresponde destacar que dichas indicaciones médicas, no han sido desvirtuadas por la demandada con prueba en contrario." "Asimismo, corresponde reiterar, que el Tribunal Superior ha señalado en reiteradas oportunidades, que corresponde atender las recomendaciones de los médicos tratantes, ya que dichos profesionales son los que se encuentran a cargo del paciente y son, en definitiva responsables del tratamiento indicado... Los médicos tratante son los profesionales que conocen a su paciente, llevan adelante su seguimiento y evolución de la patología y quienes se encuentran en mejores condiciones de determinar el tratamiento más apropiado para el paciente." "A ello se suma, que el tratamiento medicamentoso en cuestión, fue oportunamente avalado por el Cuerpo Médico Forense (cfr. dictamen del 6/10/2025, al que también se hizo referencia precedentemente). ... En virtud de lo expuesto, hallándose acreditado el beneficio clínico del tratamiento objeto del reclamo y la necesidad de la amparista de llevar adelante dicho tratamiento, corresponde desestimar la defensa planteada por la accionada, con fundamento en las evaluaciones económicas e informe del CONETEC, que sugirió que el tratamiento con Nitedanib no sería costo efectivo."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el documento.

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