BENVENUTO, SILVIA VERONICA Y OTRO c/ DOÑA NOLY SRL s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Acción de daños y perjuicios por accidente de tránsito contra Alimentos Noly S.A. por lesiones y daños materiales. La Cámara elevó las indemnizaciones por incapacidad, daño moral y tratamiento psicológico, admitió la privación de uso y confirmó lo demás de la sentencia de grado.
¿Quién es el actor?
Silvia Verónica Benvenuto y Martín Marcelo Peña Pereyra.
¿A quién se demanda?
Doña Noly S.R.L. (hoy Alimentos Noly S.A.) y Aseguradora Federal Argentina S.A. (citada en garantía).
- Objeto de la demanda: reclamo por daños y perjuicios derivados de un choque por alcance ocurrido el 11/11/2011, incluyendo incapacidad física y psíquica, tratamiento psicológico, daño moral, gastos médicos y farmacéuticos, daños materiales, privación de uso y desvalorización venal.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de grado en los montos indemnizatorios: elevó la incapacidad psicofísica de Silvia V. Benvenuto a $12.000.000 y el tratamiento psicológico a $300.000; elevó la incapacidad física de Martín M. Peña Pereyra a $4.000.000; aumentó el daño moral a $5.000.000 (Benvenuto) y $2.500.000 (Peña Pereyra); admitió la privación de uso y fijó $50.000 a favor de Benvenuto; confirmó el pronunciamiento apelado en todo lo demás y condenó en costas de alzada a Alimentos Noly S.A. Se dejaron sin efecto las regulaciones de honorarios de grado y se regularon honorarios y periciales conforme ley 27.423.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes del fallo):
"Por las consideraciones expuestas precedentemente, ponderando la entidad de las secuelas físicas y psíquicas verificadas, (incapacidad física del 10%, y psíquica del 5%), así como su edad y actividad laboral al momento del hecho, propongo al Acuerdo rechazar las quejas de la accionada y admitir parcialmente las de la actora, elevando el resarcimiento por este ítem a la suma de $ 12.000.000, e igual suerte ha de correr el agravio de la actora respecto del tratamiento psicológico el que propongo elevarlo a la cantidad de $ 300.000, (art. 165 CPCCN)."
"En consecuencia, valorando las particularidades del caso y en ejercicio de las facultades conferidas por el art. 165 del Código Procesal, respecto de Silvia Verónica Benvenuto propongo rechazar la queja de Alimentos Noly S.A. y hacer lugar a la de la parte actora, elevando la indemnización reconocida por daño moral a la suma de $5.000.000. Respecto de Martín Marcelo Peña Pereyra, propongo asimismo rechazar la queja de Alimentos Noly S.A. y hacer lugar a la de la parte actora, elevando la indemnización reconocida por este ítem a la suma de $2.500.000."
"Por todo ello, admitiré la queja de la parte actora en relación a este rubro y propondré fijar en $50.000, a la fecha de la sentencia de primera instancia, el resarcimiento a favor de Silvia Verónica Benvenuto por privación de uso (cfr. art. 165 del Cód. Procesal)."
- Votos en disidencia: no se registran disidencias; los tres jueces votaron en igual sentido.
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