ULLA, JOSE LUIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSES por reajustes previsionales y actualización del componente PBU. La Cámara Federal de Bahía Blanca confirmó la sentencia de grado, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de ambas instancias a la demandada.
¿Quién es el actor?
ULLA, José Luis.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes previsionales varios, incluyendo redeterminación del haber inicial por aportes en relación de dependencia, actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), cuestionamiento de pautas de movilidad (ley 27.609 y decretos como DNU 157/2018 y dec. 274/24) e intereses.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia apelada en todos sus alcances; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y se impusieron las costas de ambas instancias a la demandada vencida.
- Fundamentos principales (textos transcritos literalmente relevantes):
- "Toda vez que la actualización de las remuneraciones computables para el cálculo del haber inicial se realizó de conformidad con la ley 27.609, y tal normativa no fue cuestionada, es que corresponde rechazar la redeterminación solicitada por la parte actora."
- "La decisión adoptada por la magistrada de grado merece confirmación, debiendo estar a las consideraciones desarrolladas por la mayoría en el precedente en cuestión." (referido a la declaración de inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y orden de actualización trimestral con la fórmula indicada)
- "Por su parte, y en relación al decreto 274/24, teniendo en consideración que durante el período de aplicación de la norma no se ha comprobado que la fórmula produzca una afectación tangible a la movilidad de los haberes de la demandante, corresponde estar a su constitucionalidad. Corresponde, en consecuencia, rechazar el agravio planteado."
- "En cuanto al planteo relativo a los intereses... corresponde confirmar la resolución recurrida y aplicar la tasa pasiva promedio que elabora el Banco Central de la República Argentina, conforme la doctrina establecida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'Spitale'..."
- "Corresponde confirmar la resolución recurrida, declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, y hacer aplicación de las pautas de distribución de costas establecidas por el art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN, imponiendo las costas de ambas instancias a la demandada vencida..."
- Votos y disidencia relevante: El voto mayoritario fue el del Juez Roberto Daniel Amabile, con adhesión del Juez Pablo Esteban Larriera; la señora Jueza de Cámara Silvia Mónica Fariña no suscribió la resolución (consta expresamente que "No suscribe la señora Jueza de Cámara, Silvia Mónica Fariña").
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