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DIAZ, AGUSTIN FACUNDO c/ SOHO PLATEADO S. R. L. Y OTROS s/DESPIDO

Demanda por despido promovida contra Soho Plateado SRL y otros por pago de remuneraciones y responsabilidades solidarias. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de grado: extendió la condena a los codemandados Anabella Susana Farinon y Franco Augusto Terrile, ajustó el régimen de intereses y reimputó costas y honorarios a favor de la actora conforme lo dispuesto.

Despido Responsabilidad solidaria Codemandados Intereses moratorios Ley 27.802 Costas Honorarios Art. 71 lo Capitalizacion Camara nacional de apelaciones del trabajo


¿Quién es el actor?

DÍAZ, AGUSTÍN FACUNDO.
- Demandados: SOHO PLATEADO SRL y otros (codemandados individualizados: Anabella Susana Faranon y Franco Augusto Terrile).
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido (indemnizaciones/acreencias laborales) y responsabilidad solidaria de personas físicas frente a la sociedad empleadora; impugnación de liquidaciones de honorarios e intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de grado: (1) extendió la condena a los codemandados Anabella Susana Faranon y Franco Augusto Terrile; (2) modificó los criterios de intereses conforme al considerando; (3) dejó sin efecto la imposición de costas de grado y las impuso, por ambas instancias, a Soho Plateado SRL, Anabella Susana Faranon y Franco Augusto Terrile; (4) dejó sin efecto los honorarios fijados en grado; (5) reguló los honorarios de la representación letrada de la actora por grado en el 16% del monto de condena más accesorios; (6) fijó los honorarios de alzada en el 30% de lo que le corresponda percibir por las tareas cumplidas en grado.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes de la sentencia): "Se queja el actor que la sentenciante de grado hubiera desestimado el reproche de responsabilidad solidaria contra las personas físicas emplazadas (Anabella Susana Farinon y Franco Augusto Terrile), por entender que Díaz no había acreditado su condición de socios de Soho Plateado SRL. La queja en cuestión habrá de tener favorable recepción... en su escrito de inicio, el actor individualizó a los mencionados codemandados como socios gerentes y administradores de Soho Plateado SRL, es decir los responsables del pago de salarios y éstos se encuentran incursos en situación de rebeldía procesal lo que lleva a tener por ciertos los hechos expuestos en el escrito de inicio, entre ellos su condición gerencial... La presunción el art. 71 de la LO se proyecta sobre los hechos personales de los sujetos emplazados lo que, en un caso como el que nos ocupa en que se tuvo por cierta la clandestinidad laboral y el consecuente pago de salarios sin registración, torna viable la condena de los sujetos referidos. En consecuencia, corresponde revocar este aspecto de la sentencia recurrida y extender la condena de autos a los codemandados Anabella Susana Farinon y Franco Augusto Terrile en todas sus partes." "Al respecto cabe señalar que en materia de adicionales del crédito en disputa, el Poder Legislativo ha innovado en la materia pues, a través de la sanción del art. 55 de la denominada Ley de Modernización Laboral nº 27.802... ha establecido que... los créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo serán actualizados a través de la aplicación de intereses moratorios ajustados a la tasa pasiva determinada por el Banco Central... La directiva legal tiene un contenido singular e, incluso, contradictorio... pero, a fin de evitar perjuicios extremos, lo hace imponiendo topes máximos y mínimos... estamos ante una solución transaccional propia de nuestra disciplina..." "Así lo voto. La modificación que aquí se deja expuesta me lleva a dejar sin efecto la imposición de costas dispuesta en grado (art. 279 CPCCN) e imponer las costas del juicio, por ambas instancias, a los codemandados vencidos Soho Plateado SRL, Anabella Susana Farinon y Franco Augusto Terrile (art. 68 CPCCN). De igual modo, corresponde dejar sin efecto las regulaciones de honorarios efectuadas en grado y proceder a su determinación en forma originaria... propicio fijar los honorarios... en el 16% del monto de condena con más sus accesorios legales... Asimismo corresponde regular los honorarios... en el 30% de lo que le corresponda percibir por las tareas cumplidas en grado."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia; la Dra. Marina E. Pisacco adhiere al voto del Dr. Pose.

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