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LLAUGER ARANDA JORGE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó el actor reajustes varios de haberes previsionales y aplicación de precedentes para recálculo de servicios autónomos y componentes del haber. La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró desierto el recurso de la ANSeS, revocó parcialmente la sentencia de grado, difirió para ejecución la cuestión sobre la aplicación del precedente Villanustre y confirmó lo demás, con costas a la demandada y regulación de honorarios a favor de la actora.

Reajustes varios Haberes previsionales Servicios autonomos Prestacion basica universal Villanustre Pimentel Ley 27.609 Dnu 274/2024 Costas Honorarios


¿Quién es el actor?

LLAUGER ARANDA JORGE.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de haberes previsionales —incluyendo recálculo del haber inicial por servicios autónomos, actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de precedentes ("Pimentel", "Villanustre"), control de leyes y decretos de movilidad (Ley 27.541, Ley 27.609 y DNU 274/2024)— y diferencias por bonos/compensaciones (enero-febrero 2021).

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, resolvió declarar desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada; revocar parcialmente la sentencia apelada conforme los considerandos; diferir la cuestión relativa a la aplicación del precedente "Villanustre" para la etapa de ejecución; confirmar el pronunciamiento apelado en lo demás materia de agravios; imponer costas de Alzada a la demandada vencida; regular honorarios a favor de la representación letrada de la actora en el 30% de lo fijado en la instancia anterior (más IVA si corresponde); y devolver las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (textos transcritos tal como en la sentencia): "En relación al recurso interpuesto por la parte demandada, encontrándose debidamente notificada conforme el art. 259 del Código de rito, y al no expresar agravios vencido el término de ley, habiendo apelado la sentencia del juez de grado, corresponde declarar desierto el recurso intentado de conformidad con lo dispuesto por el art.266 y concordantes del C.P.C.C.N." "Respecto a los servicios autónomos ... consiste en determinar, como primer paso, el haber mensual compatible con el art. 14 bis de la Constitución Nacional, de modo que aquel represente, confrontado con el haber mínimo de bolsillo vigente en igual período, la misma proporción que existía entre las categorías por las que hicieron los aportes computados para el otorgamiento del beneficio..." "Las manifestaciones que vierte el organismo sobre la aplicación del precedente 'Villanustre, Raúl Félix' ... no constituyen un agravio concreto a la sentencia (CPCCN, art. 265). ... En consecuencia, la cuestión atinente a la aplicación del precedente citado, se difiere para la etapa de ejecución de sentencia."
- Disidencia: El Dr. Juan A. Fantini manifestó disidencia parcial respecto de lo resuelto por la preopinante y revocó lo dispuesto en la instancia de grado en cuanto al tratamiento de la Ley 27.541 y decretos relacionados; en lo demás acompañó el voto mayoritario. Se aclara que la decisión del Tribunal es la consignada en la parte resolutiva por mayoría.

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