GOLLUSCIO ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Golluscio demandó a ANSES por reajustes varios de haberes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el pronunciamiento apelado, impuso costas a la demandada conforme a la doctrina de la CSJN (Morales Blanca Azucena) y reguló honorarios de alzada en 30% más IVA.
¿Quién es el actor?
GOLLUSCIO ANTONIO.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios y reparaciones de haberes previsionales (cuestiones relacionadas con la aplicación de Ley 27.541, Ley 27.609, decretos delegados y DNU 274/2024; intereses; impuesto a las ganancias; costas).
¿Qué se resolvió?
Se confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; se impusieron las costas de alzada a la demandada conforme a la doctrina de la CSJN en “Morales Blanca Azucena” (Fallos: 346:634, 22/06/2023); se regularon honorarios de la representación letrada de la actora por su actuación en la Alzada en el 30% de la suma que se fije por su labor en primera instancia más IVA; y se devolvieron las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Corresponde dejar establecido a los fines del dictado de la presente sentencia que la Fecha de Adquisición de Beneficio del actor es el 25 de abril de 2000, en vigencia de la Ley 24.241."
"En este orden, corresponde confirmar la sentencia de grado."
"Finalmente, ante la insuficiencia demostrada por el esquema de movilidad de la Ley 27.609, el Poder Ejecutivo dictó el DNU N° 274/2024, publicado el 25 de marzo de 2024. Este decreto introdujo una modificación sustancial en la normativa, sustituyendo el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y disponiendo que los haberes previsionales se ajusten mensualmente de acuerdo con las variaciones del nivel general del índice de precios al consumidor nacional publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) conforme la fórmula que como Anexo forma parte integrante de la norma."
"En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que corresponde confirmar el diferimiento del tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución."
"Respecto al agravio referido al impuesto a las ganancias, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha tenido la oportunidad de expedirse al respecto ... Por tales motivos, cuestiones de economía y celeridad procesal me obligan a remitirme a dichos fundamentos."
"En virtud de lo expuesto, propongo confirmar lo decidido por el Juez de grado."
"Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN sentada en autos: 'Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo', Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, se rechaza el agravio introducido y se confirma la imposición de costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423)."
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini adhirió mayoritariamente al voto principal pero expresó disidencia respecto de la recomposición del haber de enero y febrero de 2021, revocando lo dispuesto en la instancia de grado en ese punto. No obstante, la mayoría resolvió confirmar el pronunciamiento apelado en su conjunto, por lo que la solución final es la consignada arriba.
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