VELIZ, JONATHAN DAVID c/ SARGENTO CABRAL S.A. DE TRANSPORTE Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Reclamo de daños y perjuicios por accidente de tránsito entre una moto y un colectivo en Av. Rivadavia. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a Sargento Cabral S.A. y a su aseguradora a pagar $3.578.878 (proporción 50% de responsabilidad atribuida), con costas a la demandada y citada en garantía.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Jonathan David Veliz.
Demandado: Empresa Sargento Cabral S.A. de Transporte; citada en garantía: Protección Mutual del Transporte Público de Pasajeros (aseguradora).
Objeto: Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 23/06/2021 en Av. Rivadavia (colisión entre colectivo dominio AE684YB y motocicleta dominio 214 KWI), reclamando $1.679.100 (desglosados en incapacidad física, psicológica, daño moral, gastos médicos, daños materiales, desvalorización).
Decisión: Se hace lugar parcialmente a la demanda; se condena a Sargento Cabral S.A., extensible a la aseguradora Protección Mutual en la medida del seguro, a abonar al actor la suma de $3.578.878, dentro de los diez días de quedar firme la sentencia, con más intereses; las costas se imponen a la demandada y a la citada en garantía; regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"Lo que se colige de las pruebas recolectadas es que a diferencia de lo que expresa la parte actora en su escrito de demanda, la moto se encontraría detrás del colectivo al momento del accidente y no delante del mismo..." (considerando VI y VII, valorizando la pericia del Ing. Garibaldi que concluye la maniobra del colectivo provocó la colisión).
"En consecuencia, cabe concluir que fue el accionar de ambas partes, lo que causó el evento generador del daño, por lo que la responsabilidad es compartida... Por lo tanto, corresponde condenar por el hecho de autos a Sargento Cabral SA de Transporte, en la proporción del 50 %, la que se hace extensiva a la citada en garantía Protección Mutual del Transporte Público de Pasajeros en la medida del seguro..." (considerando VII).
Sobre incapacidad y cuantificación: el perito médico determinó "incapacidad parcial y permanente del 5%, por cervicalgia", y el juez valora: "valuar el daño patrimonial indirecto derivado de la incapacidad sobreviniente en la suma de pesos dos millones ($2.000.000)". Además se fijaron daño moral $1.000.000; gastos médicos $25.000; daños materiales $562.878; se desestimó la desvalorización del rodado.
Intereses: "Los intereses reclamados resultan procedentes y deberán liquidarse desde el día en que se produjo el perjuicio... (23/06/2021) ... a la tasa del 8% anual, y desde allí hasta su efectivo pago a la tasa activa cartera general..." (considerando IX).
No hubo votos en disidencia relevantes en autos.
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