Incidente Nº 11 - IMPUTADO: ACEVEDO FIGUEROA, VICTOR SLEYNER Y OTROS s/Audiencia de Formalización de la investigación (Art. 258)
Formalizaron la investigación penal por lavado de activos y el juez ordenó medidas cautelares patrimoniales y de aseguramiento procesal. El juez declaró formalizada la IPP por un año y dispuso traslado del detenido al SPF, prohibición de salida del país y firma mensual para dos imputadas, levantamiento de secreto bancario parcial, embargos y secuestro de vehículos e inmuebles.
Actor: Ministerio Público Fiscal (PROCELAC y Oficina de Narcocriminalidad, Unidad Fiscal Rosario — Dres. Juan Argibay Molina y Matías Mené). Demandados / Imputados: Víctor Sleyner Acevedo Figueroa (DNI 95.140.073, detenido en Piñero), Giuliana Vanina Domínguez (DNI 40.037.037, no detenida) y Aura Marleni Figueroa Cuene (DNI 95.150.802, no detenida). También se menciona a Daniel Stiven Mosquera Figueroa (prófugo) en la exposición fiscal. Objeto: Audiencia de formalización de la investigación penal preparatoria por delito de lavado de activos agravado (art. 303 inc. 1 y 2 CP) y solicitud de medidas cautelares (traslado al SPF, prohibición de salida del país, firma mensual, levantamiento de secretos, embargos preventivos, prórroga de embargos, medida de no innovar y secuestro de vehículos).
¿Qué se resolvió?
Se formalizó la IPP por el plazo de un año respecto de Acevedo Figueroa, Domínguez y F. Cuene; y se hicieron lugar a las medidas de aseguramiento y cautelares solicitadas por el MPF, conforme al dispositivo final: traslado de Acevedo Figueroa al Servicio Penitenciario Federal e informe al Colegio de Jueces de Santa Fe; prohibición de salida del país y firma mensual por un año para Domínguez y Figueroa Cuene; levantamiento del secreto bancario/financiero/bursátil respecto de Marleni Figueroa Cuene; embargo preventivo y secuestro de los vehículos dominios MQV429, KWO090, PPU458, KBJ885, 899DFI, EQP540, 407LFO; embargo preventivo de inmuebles en Paso del Rey (Puerto de Palos 5561), Felipe Moré 1599 (Rosario) y Olazcuaga 1231 (Rosario); prórroga de embargos sobre Alvarado 1449 (Rosario) y Solidaridad 853 (Roldán, “Tierra de Sueños 3”); comunicación de medidas a Registros de la Propiedad e instructivo para ejecución en jurisdicción extraña; y medida de no innovar sobre los inmuebles.
Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "RESUELVE: 1. TENER POR FORMALIZADA la investigación penal preparatoria por el plazo de un año respecto de Víctor Acevedo Figueroa, Giuliana Vanina Domínguez y Aura Marleni Figueroa Cuene."
- "2. ORDENAR, en lo que respecta a este Juzgado, el traslado de Víctor Sleyner Acevedo Figueroa DNI 95.140.073 a establecimientos del Servicio Penitenciario Federal e informar al Sr. Juez que corresponda al Colegio de Jueces de la Provincia de Santa Fe, esta orden y si existe alguna objeción por parte de ese Colegio de Jueces, toda vez que también se encuentra detenido a disposición de la Justicia Provincial."
- "3. DISPONER respecto de Giuliana Vanina Domínguez (DNI 40.037.037) y Aura Marleni Figueroa Cuene (DNI 95.150.802) la prohibición de salida del pais sin previa autorización judicial, como así también la firma mensual ante la Oficina Judicial, por el término de un año."
- "4. DISPONER el levantamiento del secreto bancario, financiero y bursátil respecto de Marleni Figueroa Cuene DNI: 95.150.802."
- "5. DISPONER el embargo preventivo de los vehículos dominio: MQV429, KWO090, PPU458, KBJ885, 899DFI, EQP540, 407LFO... 6. DISPONER el embargo preventivo de los inmuebles ubicados en: 1) Paso del Rey... Puerto de Palos n°5561, 2) ... Felipe Moré n°1599 y 3) ... Olazcuaga n°1231, ambos de la ciudad de Rosario."
- "7. DISPONER la prórroga de los embargos oportunamente dispuestos ... Alvarado n°1449 de Rosario, Solidaridad n° 853 de la localidad de Roldan, emprendimiento 'Tierra de Sueños 3'... 8. DISPONER la medida de no innovar en relación a los inmuebles mencionados ordenando entonces la comunicación a los Registros Públicos de la Propiedad Inmueble en la Argentina... 9. ORDENAR también el secuestro de los vehículos mencionados... debiendo comunicarse a través del Sistema Federal de Comunicación Policía (SIFCOP)."
Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia; la resolución es unipersonal (Dr. Carlos Vera Barros) y el acta consigna que "Deja constancia... rectifica, en ese sentido, lo resuelto en cuanto al levantamiento del secreto y en cuanto a los dominios corregidos siendo estos: PPU458 y LFO407", corrección incorporada al dispositivo.
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