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FERREYRA JUAN CARLOS GABRIEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSeS solicitando el recálculo del haber inicial y el pago de retroactivos por reajustes previsionales bajo la ley 24.241. El Juzgado Federal N°7 hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó reajustar los haberes con retroactividad e intereses, declaró la inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463 en los términos expuestos y diferió la actualización de la PBU para la etapa de ejecución.

Ferreyra Anses Reajuste de haberes Pbu Ley 24.241 Ley 24.463 Inconstitucionalidad art. 9 Retroactivos Intereses Seguridad social


¿Quién es el actor?

FERREYRA JUAN CARLOS GABRIEL.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber previsional (recalculo del haber inicial, actualización de la PBU), pago de retroactividades y declaración de inconstitucionalidad de topes y otras normas aplicables (diversas disposiciones de las leyes 24.241 y 24.463).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se ordenó reajustar los haberes de la parte actora en la forma dispuesta en los considerandos, con sus actualizaciones y retroactividades; se rechazó la excepción de prescripción; se diferirá la actualización de la PBU para ejecución según índice y metodología indicados; se desestimaron otros planteos sobre arts. 9, 24, 25 y 26 de la ley 24.241 en los términos indicados; se declaró la inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463 con los alcances fijados; se ordenó el pago de las diferencias desde el 25/3/2024 con intereses y sin merma alguna; y se impusieron las costas a la parte demandada. (Conforme la parte dispositiva transcripta.)
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes): "La parte actora promueve demanda contra la ANSeS, solicitando que se redetermine su haber inicial, así como el pago del retroactivo correspondiente a su beneficio previsional, el cual habría obtenido bajo el amparo de la ley 24.241." "En materia previsional, el derecho al beneficio es imprescriptible. La demora en iniciar las tramitaciones previsionales no puede producir otras consecuencias que aquellas previstas en la ley para la liquidación de los haberes retroactivos (CSJN. R.460.XXXVIII.R.O.Ruidiaz, José Luis c/ ANSeS s/impugnación fecha inicial de pago, del 07/12/10)." "En cuanto a la actualización del componente PBU... por razones de economía procesal deberá actualizarse el valor del AMPO/MOPRE según el índice del precedente de la CSJN 'Badaro'... se determinará su aplicación por el período del 1/1/2002 al 31/12/2006..." (considerando II). "Sentado ello, se determinará qué incidencia porcentual tiene la eventual merma de la PBU en el haber inicial total... En el supuesto en que dicho porcentaje supere el 15% corresponderá abonar la PBU reajustada... declarándose a esos efectos, la inconstitucionalidad del art. 20 de la ley 24.241." "Por ello, y por razones de economía procesal, corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 9 inciso 3° de la ley 24.463 para el supuesto en que en la etapa de liquidación se acredite una disminución en el haber recalculado conforme a las pautas que se ordenan en la presente, que resulte confiscatoria..." (considerando VII). "Las diferencias generadas deberán abonársele al actor sin merma alguna... a mi juicio toda quita traería como consecuencia que el actor quedará privado de una porción de sus haberes sin causa legal, configurándose una nueva confiscación." (considerando V). "Los intereses... deberán calcularse desde que cada suma fuere debida y hasta su efectivo pago, conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina." (considerando IX).
- Disidencias: No registradas en la parte dispositiva; la decisión corresponde íntegramente al Juzgado Federal interviniente.

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