DE MIGUEL, EDITH LUCIA c/ PROVINCIA ART S.A. s/COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES
La actora reclamó fijación y cobro de honorarios por su intervención ante la Comisión Médica Jurisdiccional Nº10 contra Provincia ART S.A. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó a Provincia ART S.A. a abonar $521.100 (5 UMA) a favor de la Dra. Edith Lucía de Miguel, con intereses y costas.
¿Quién es el actor?
Edith Lucía de Miguel (por derecho propio).
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
- Objeto de la demanda: Fijación y cobro de honorarios profesionales por la intervención de la abogada en el procedimiento administrativo (Comisión Médica Jurisdiccional Nº10 / expediente SRT N°192125/23) que terminó en acuerdo conciliatorio del 2/8/2023 y archivo el 10/8/2023.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se fijaron honorarios por la labor desarrollada en la Comisión Médica Jurisdiccional en $521.100 (5 UMA) y se condenó a Provincia ART S.A. a pagar esa suma en 10 días, con más los intereses fijados en el considerando VI; se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación (liquidación) para cuando la resolución quede firme y exista liquidación aprobada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"El art. 1 de la ley 27.348 dispone: 'la actuacion de las comisiones medicas jurisdiccionales... Los honorarios profesionales que correspondan por patrocinio letrado y demas gastos en que incurra el trabajador a consecuencia de su participacion ante las comisiones medicas estaran a cargo de la respectiva aseguradora de riesgos del trabajo (A.R.T.).'".
"La Resolucion 298/2017 emitida por la SRT, en su art. 36 dispone: 'Del Patrocinio Letrado Obligatorio...'; en su art. 37, segundo parrafo, indica: 'Respecto de los honorarios profesionales... resultaran de aplicacion los porcentajes previstos en las disposiciones de las leyes de aranceles de cada jurisdiccion...'."
"De la mentada normativa no se aprecia que contenga un regimen especial de honorarios... Tal situacion... traslada la problematica a la Resolucion 298/2017... disponiendo especificamente que estaran a cargo de la aseguradora de riesgos del trabajo y que resultaran de aplicacion los porcentajes previstos... en este caso, la Ley 27.423."
"La base normativa para fijar emolumentos... se encuentra en el art. 44 de la ley 27.423, que dispone que, en casos como el presente, en que se carece de monto del proceso, la regulacion no sera inferior a 7 o 5 UMA, respectivamente, segun se trate del ejercicio de acciones contencioso administrativas o actuaciones administrativas... En consecuencia, probada la actividad y resultado de la letrada reclamante... fijo los honorarios de la Dra. Edith Lucia de Miguel en la suma de $ 521.100 (pesos quinientos veintiún mil cien)(5 UMA)."
Sobre intereses: "juzgo razonable y prudente, para el calculo de los acrecidos respecto del valor del UMA, establecer una tasa de interes puro que se fija en el 8 % anual desde la fecha de notificacion del traslado de la demanda, hasta su efectiva cancelacion."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; es sentencia de juzgamiento de primera instancia.
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