BALSAS, MARCELA LORENA Y OTRO c/ TOLABA, CESAR ISMAEL s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
Reclamo por daños y perjuicios por accidente de tránsito contra el conductor y su aseguradora. La Cámara redujo el daño moral (a $100.000 para Gómez Videla y $1.000.000 para Balsas), fijó intereses diferenciales (8% anual hasta la sentencia de grado y luego tasa activa del Banco Nación) y confirmó la sentencia en lo demás.
¿Quién es el actor?
Álvaro Daniel Gómez Videla y Marcela Lorena Balsas.
¿A quién se demanda?
César Ismael Tolaba; citada en garantía: Paraná S.A. de Seguros.
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito ocurrido el 13 de septiembre de 2020; reclamaron incapacidad sobreviniente, daño moral, intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por unanimidad, redujo los montos por daño moral a $100.000 (para Álvaro Daniel Gómez Videla) y $1.000.000 (para Marcela Lorena Balsas); dispuso que las partidas que integran la condena devenguen intereses desde la fecha del hecho hasta el pronunciamiento de primera instancia a la tasa pura del 8% anual y, desde ese momento en adelante, a la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco Nación; confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo demás; impuso las costas de Alzada en el orden causado y diferió la regulación de honorarios de Alzada. (Decisión conforme al bloque dispositivo transcripto).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En vista de cómo ha incidido el siniestro en los reclamantes, sus edades al momento del evento, las alteraciones en sus ánimos que les provocaron los padecimientos reseñados y que al formular su demanda sujetaron su reclamo a lo que en más o en menos surja de la prueba a producirse, postulo al Acuerdo reducir el monto concedido a la señora Balsas a la cantidad de $1.000.000 (pesos un millón) y al señor Gómez Videla a $100.000 (pesos cien mil), los que se estiman con criterio de actualidad a la fecha del fallo de grado (arts. 1737 a 1741, CCCN; 165, 386, CPCCN)."
"A partir de tales lineamientos, habiéndose establecido las partidas indemnizatorias a valores vigentes al momento del pronunciamiento de grado, en el caso particular, considero que los intereses deben computarse según una tasa pura del 8% anual desde la fecha del suceso dañoso hasta la del pronunciamiento de primera instancia y, de allí en adelante, conforme la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, lo que así propongo al Acuerdo (C.S.J.N., in re 'Barrientos', ya cit.)."
"Por unanimidad de votos el Tribunal decide: 1) Reducir los importes otorgados a los señores Álvaro Daniel Gómez Videla y Marcela Lorena Balsas en concepto de daño moral a las cantidades de $100.000 y $1.000.000, respectivamente; 2) Disponer que las partidas que integran la condena deberán devengar intereses ...; 3) Confirmar la sentencia de grado en todo lo restante que fuera motivo de recurso y agravio; 4) Imponer las costas de Alzada en el orden causado ...; 5) Diferir la regulación de honorarios de Alzada para su oportunidad."
- Votos en disidencia: No hubo disidencia; los tres votos fueron en igual sentido.
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