INCIDENTE DE COMPETENCIA ENTRE JUZGADO DE GARANTIAS N° 6 -VILLA GESELL- Y JUZGADO DE GARANTIAS N° 5 -FLORENCIO VARELA-
Incidente de competencia entre los Juzgados de Garantías de Villa Gesell y Florencio Varela por secuestro de vehículo y hechos conexos. La Cámara declaró competente al Juzgado de Garantías N°5 de Florencio Varela, por el estrecho vínculo entre los ilícitos y porque la investigación principal se sitúa en la demarcación territorial de Quilmes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Juzgado de Garantías N°6 de Villa Gesell (declinante que elevó la contención).
Demandado: Juzgado de Garantías N°5 de Florencio Varela (rechazó la competencia atribuida).
Objeto: Determinación de la competencia para continuar la investigación por hechos vinculados al secuestro de un vehículo (Fiat Sienna dominio KYD717) y delitos conexos (robo y encubrimiento), correspondientes a las IPP N°0303-781-26 e IPP Nº13-02-6645-26.
Decisión: Declarar competente al Juzgado de Garantías N°5 de Florencio Varela para seguir entendiendo en las presentes actuaciones.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"1) El Titular del Juzgado de Garantías N°6 de Villa Gesell declinó su competencia para entender en las presentes actuaciones, ello en atención a que se procedió al secuestro de un vehículo el cual posee pedido de secuestro activo con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº12 del Departamento Judicial de Quilmes."
"4) La señora Fiscal de Casación, Daniela E. Bersi, expresó que lleva razón el magistrado que declina la competencia, toda vez que el hecho fuente se ejecutó en el ámbito de competencia territorial de Quilmes, circunscripción en la cual se investiga la sustracción de un vehículo, marca Fiat, modelo Sienna, dominio KYD717, denunciado en la mencionada localidad."
"5) Entiendo que en esta causa debe seguir entendiendo el Magistrado a cargo del Juzgado de Florencio Varela. Para ello, en razón del estrecho vínculo que existe entre ambos delitos (robo y encubrimiento), debe llevar adelante la investigación el juez que intervino en el primero de los ilícitos. En el caso, se ha alcanzado un grado de conocimiento suficiente como para situar la comisión del hecho materia de investigación en dicha demarcación territorial. En este contexto, debe declararse competente al Juzgado de Garantías Nº5 de Florencio Varela para seguir entendiendo estas actuaciones que suscitaran la presente incidencia, considerando esta situación como la más ajustada a los principios de mejor y más pronta administración de justicia, apreciados por el legislador para la resolución de cuestiones de competencia (artículos 20, 29, 33 penúltimo párrafo, 35 y ccdtes. del CPP)"
Bloque dispositivo final (textual):
"RESUELVE:
DECLARAR COMPETENTE al Juzgado de Garantías N°5 de Florencio Varela, para seguir entendiendo en las presentes actuaciones. Artículos 20, 29, 33 penúltimo párrafo, 35 y ccdtes. del C.P.P.
Regístrese, notifíquese y remítase al órgano de intervención, con comunicación a su par de Villa Gesell."
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