ROSSI ROBERTO ERNESTO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
El actor demandó por enfermedad profesional (columna cervical y lumbar, ambos hombros e hipoacusia) y solicitó actualización conforme distintos criterios legales. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró acreditadas algunas enfermedades profesionales y condenó a PROVINCIA ART S.A. a pagar $54.651.951 por una incapacidad del 26,15%, rechazando reclamos por muñecas, várices y daño psíquico.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ROBERTO ERNESTO ROSSI, representado por Dr. Mariano Lotti.
Demandado: PROVINCIA ART S.A., representada por Dra. Mariana Quiroga Ferreres.
Objeto: Reconocimiento y reparación por enfermedades profesionales (cervicobraquialgia, síndrome de túnel carpiano, tendinitis de hombros, hipoacusia, várices, dolencias en muñecas y daño psíquico) derivadas de su trabajo como músico en municipalidades; actualización del crédito y planteos de inconstitucionalidad respecto de normativa de actualización e invocación del criterio del fallo "Barrios".
Decisión: El Tribunal declaró abstracto el planteo de inconstitucionalidad relativo al art. 7 ley 23.928 y la aplicación del fallo "Barrios"; rechazó por falta de causa los reclamos por ambas muñecas, várices y daño psíquico; hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de columna cervical y lumbar, ambos hombros e hipoacusia, determinó incapacidad permanente parcial del 26,15% y condenó a la demandada a abonar PESOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y UNO ($54.651.951), con plazo de pago de diez (10) días desde notificada, y regulación de costas y honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos literales relevantes extraídos del fallo, mayoría):
"Conforme surge de los puntos 2.c) y 2.d), tengo por acreditado el nexo causal entre las dolencias en la columna cervical, en la columna lumbar, en ambos hombros e hipoacusia padecidas por el accionante y las tareas realizadas en ambiente con ruido (Dec. 658/96, modificado por Dec. ley 49/2014)."
"En consecuencia -con excepción de las dolencias en ambas muñecas, várices y el daño psicológico-, considero que el reclamo debe prosperar y así lo propongo."
"Propongo en consecuencia que el monto total de la reparación ascienda a PESOS QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 85/100 ($564.449,85)."
"A los fines de la actualización del monto histórico determinado en autos, atento la entrada en vigencia de la ley 27.802... juzgo que tal norma legal vigente, especial y posterior a cualquier criterio jurisprudencial anterior, es la aplicable a este caso concreto en particular."
"En consecuencia, propongo hacer lugar a la demanda por la suma de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y UNO ($ 54.651.951) en concepto de indemnización..."
"En virtud del modo de actualización propuesto, deviene abstracto el planteo de inconstitucionalidad formulado por la parte actora en relación al art. 7 de la ley 23.928 (según ley 25.561) y el pedido de aplicación del criterio del fallo 'Barrios'."
- Votos y mayoría: El voto de Dra. Daniela S. Metta fue el preopinante y contiene la fundamentación extensa y el quantum; Dra. Verónica Inés Boxler adhirió al voto con reserva sobre el criterio de actualización (propone art. 11 ley 27.348 pero adhirió para integrar), y Dra. Jorgelina Hidalgo adhirió íntegramente. El dispositivo final refleja la decisión unánime/por mayoría del Tribunal.
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