BENITEZ RICARDO NAHUEL C/ ROMEI AGROPECUARIA SA S/ DESPIDO
El actor promovió demanda laboral por despido contra Romei Agropecuaria SA. El Tribunal realizó audiencia de vista con presenciación de testigos, se solicitó la confesión ficta de la demandada y las actuaciones fueron remitidas para el dictado de la sentencia definitiva.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: El señor RICARDO NAHUEL BENÍTEZ, presente en la audiencia con su letrado apoderado Dr. Daniel Oscar Bardallo.
Demandado: ROMEI AGROPECUARIA SA.
Objeto: Reclamo por despido (expte. caratulado "BENITEZ RICARDO NAHUEL C/ ROMEI AGROPECUARIA SA S/ DESPIDO").
Decisión: Se celebró la audiencia de vista, prestaron testimonio dos testigos propuestos por la parte actora, la actora solicitó la confesión ficta de la demandada y formuló sus alegatos; finalizado el acto, las actuaciones fueron remitidas para el dictado de la sentencia definitiva. No consta resolución sobre el fondo del reclamo en el expediente aportado.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del expediente):
"En San Nicolás, a 26 de Agosto de 2026, se reunieron en la sala de audiencias de este Tribunal del Trabajo N° 2, sus titulares Hernán Darío Brasi, Paula Andrea Capucchio, y, mediante la plataforma informática Microsoft Teams, el señor juez subrogante, doctor Nicolás Eduardo Aparisi, bajo la presidencia del primero, con el objeto de sustanciar la audiencia de vista de la causa Nº SN-5620-2022, caratulada 'BENITEZ RICARDO NAHUEL C/ ROMEI AGROPECUARIA SA S/ DESPIDO'."
"Abierto el acto por el señor presidente se presentan mediante la plataforma telemática Microsoft Teams, los testigos propuestos por la parte actora quienes, impuestos de las generales de la ley, de las penalidades del falso testimonio y previo juramento que en legal forma prestan de decir verdad, manifiestan llamarse: Victor Daniel Gutierrez, quien exhibe D.N.I N°34.876.081 y Raul Alberto Barreto, quien exhibe D.N.I N° 22.529.073; a quienes no le comprenden el resto de las generales de la ley, siendo interrogados libremente por las partes y por el Tribunal."
"Seguidamente la parte presente solicita la confesión ficta de la parte demandada y procedió a formular su respectivo alegato. Con lo que terminó el acto, pasando las presentes actuaciones para el dictado de la sentencia definitiva."
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