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GARCIA BIANCA C/ PROVINCIA A.R.T. S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

La Dra. Bianca Garcia promovió demanda de fijación de honorarios extrajudiciales por su intervención en expediente administrativo por rechazo de la contingencia. El Tribunal hizo lugar a la demanda y reguló sus honorarios en quince (15) jus arancelarios con adicional de ley, imponiendo las costas a la ART y ordenando intimación por tasa de justicia de $17.566.

Fijacion de honorarios Honorarios extrajudiciales Ley 14.967 Resolucion srt 298/17 art.37 Comision medica Ley 27.348 Provincia art s.a. Costas Tasa de justicia $17.566 15 jus arancelarios

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La Dra. Bianca Garcia, por derecho propio, con patrocinio del Dr. Jeronimo Vives. Demandado: PROVINCIA A.R.T. S.A. Objeto: Regulación de honorarios profesionales por la intervención oficiosa de la actora en el expediente administrativo SRT N° 025905/25 (Comisión Médica N° 31 B) por "RECHAZO DE LA CONTINGENCIA". Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se regularon honorarios en quince (15) jus arancelarios más adicional de ley a cargo de la demandada; se impusieron las costas a la accionada; se intimó pago de tasa de justicia por $17.566 y contribución del 5%.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales): "En síntesis, concluyo que el Sr. ANDRES BRIATA, cumplió con la instancia administrativa previa dispuesta por la ley 27.348, con la asistencia letrada de la aquí accionante, por la que obtuvo un resultado favorable, situación que habilita la regulación de los estipendios profesionales, en estricta aplicación de la ley 14.967." "Asimismo, el artículo 37 de la Resolución 298/17 de la SRT, dispone que la actuación oficiosa de los abogados patrocinantes de los trabajadores devengarán honorarios, los cuales se encuentran a cargo de las A.R.T., resultando de aplicación los porcentajes previstos en las disposiciones de la leyes de aranceles de cada jurisdicción local, siempre que se hubiera reconocido la pretensión reclamada por el damnificado." "A consecuencia de lo anteriormente expuesto, de las pautas establecidas en los artículos 44 y 55 de la ley de Honorarios de Abogados y Procuradores (14.967), que fijan los parámetros para la regulación de honorarios, teniendo en consideración las actuaciones realizadas en el expediente administrativo SRT N° 025905/25, en atención al valor, mérito y calidad jurídica de la labor desarrollada, a la Dra. GARCIA BIANCA le corresponden QUINCE (15) JUS ARANCELARIOS, con más su adicional de ley (arts. 44 y 55 de la ley 14.967), los que quedarán a cargo de la demandada." Bloque dispositivo final (transcripción): "Por lo expuesto en el Acuerdo que antecede, el Tribunal RESUELVE: 1).
- Hacer lugar a la demanda incoada por la Dra. BIANCA GARCIA contra 'PROVINCIA ART S.A'.
- 2).
- Regular sus honorarios profesionales por las actuaciones oficiosas en el expediente administrativo SRT N° 025905/25, por ante la Comisión Médica N° 31 B, en la suma equivalente a QUINCE (15) JUS ARANCELARIOS con más su adicional de ley (arts. 44 y 55 de la ley 14.967), los que quedarán a cargo de la demandada.
- 3).
- Imponer las costas a la accionada (art. 24 de la ley 15057). 4).
- Intimar a la demandada para que, dentro de los cinco días haga efectivo el pago de la suma de $17.566 en concepto de tasa de justicia,..."

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