LEGUIZAMON SERGIO ALEJANDRO C/ PREVENCION ART S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor promovió acción de revisión de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional contra Prevención ART S.A., solicitando la tramitación del reclamo previsto por la Ley 15.057. El Tribunal decretó la caducidad de instancia por inactividad procesal (art. 11 y 89 Ley 15.057 y arts. 311 y ccdts. del CPCC) y resolvió sin costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: LEGUIZAMON SERGIO ALEJANDRO.
Demandado: PREVENCION ART S.A.
Objeto: Acción de revisión de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional, conforme Ley 15.057.
Decisión: Decretar la caducidad de la instancia y archivo de las actuaciones; sin imposición de costas.
- Fundamentos principales de la decisión (textos extraídos literalmente de la sentencia):
"Sabido es que en el procedimiento laboral la caducidad de instancia debe aplicarse con criterio restrictivo, en virtud de las facultades que la propia ley confiere a los Tribunales del Trabajo para instar la actividad procesal de las partes (arts. 11 y 12 de la ley 15.057)."
"Así entonces, la perención de instancia sólo procedería cuando el órgano jurisdiccional se encuentra impedido de ejercer ese impulso, previa intimación a las partes a fin de activar el procedimiento, tal y como sucede en el sublite."
"De lo expuesto se desprende que la conducta de las partes con posterioridad a la intimación dispuesta con fecha 13/08/2026, obstaculiza la normal tramitación del juicio, dejando transcurrir el plazo fijado por el art. 11 de la ley citada. Consecuentemente, voto por declarar la caducidad de la instancia sin costas en atención a la forma como se resuelve (despacho de fecha 30-10-2025)."
Bloque dispositivo final (resolución mayoritaria):
"I. Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones (art. 11 y 89 de la ley 15.057 y arts. 311 y ccdts del CPCC) .
- II. Sin costas en atención a la forma en que se resuelve.
- III.
- REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE."
- Adhesiones / votos: El Dr. Valcarce votó por declarar la caducidad; los Dres. Gabriele y Cáceres adhieren al voto precedente y votan en igual sentido. El dispositivo final coincide con la propuesta y fue acordado por la mayoría.
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