MATEOS NORMA CRISTINA C/ GONZALEZ YOLANDA S/ DESPIDO
La trabajadora reclamó indemnizaciones por despido sin justa causa y rubros conexos por extinción del vínculo el 30/04/2021. El Tribunal hizo lugar íntegramente a la demanda y condenó a la ex empleadora a abonar $11.452.715,94 más actualización e intereses conforme art. 55 L. 27.802 desde la fecha de extinción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Mateos, Norma Cristina, representada por la Dra. Patricia Raquel Gatti.
Demandado: González, Yolanda, ex empleadora.
Objeto: Indemnización por despido directo sin justa causa (art. 245 LCT) por antigüedad, sustitutiva de preaviso, días trabajados del mes del despido, vacaciones no gozadas y sus SAC, SAC proporcional, multas art. 1 y 2 Ley 25.323, art. 80 LCT, y suma por DNU 34/2019 (tope DNU 39/2021); más intereses y actualización.
Decisión: Se hizo lugar íntegramente a la demanda y se condenó a la demandada a abonar en diez días la suma de $11.452.715,94, con actualización desde la extinción del vínculo (30/04/2021) y costas a la condenada. Se ordenó aplicar la normativa del art. 55 L. 27.802 (Calculadora BCRA) para la actualización e interés hasta su pago, y otras providencias procesales (cuenta bancaria, diferimiento de regulación de honorarios, depósito para recurrir, etc.).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
- Del bloque resolutivo final: "Haciendo lugar íntegramente a la demanda incoada por la trabajadora actora Sra. Mateos, Norma Cristina contra su ex empleadora demandada Sra. González, Yolanda para que en el plazo de diez días de notificada le abone la suma de Once millones cuatrocientos cincuenta y dos mil setecientos quince pesos con 94/ctvos. ($ 11.452.715,94.) que le adeuda en concepto de indemnización por los siguientes rubros laborales reclamados: antigüedad por despido directo sin justa causa, sustitutiva del preaviso, días trabajados del mes del despido, vacaciones prop. no gozadas y SAC s/dichos rubros, SAC prop., multas de los arts. 1 y 2 de la ley 25.323, 80 LCT y DNU 34/2019 (conf. tope DNU 39/2021)."
- Sobre actualización e intereses: "Dicha suma deberá actualizarse teniendo en cuenta las previsiones normativas actualmente vigentes del art. 55 de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 ... a través de la Calculadora de intereses para créditos laborales judicializados publicado a través del sitio oficial del BCRA. desde la fecha que la suma es debida que se corresponde con la de la extinción del vínculo (30/04/2021) y hasta su total y efectivo pago."
- Fundamento sobre existencia y antigüedad: "la relación laboral de su parte con ambos propietarios se desarrolló en forma ininterrumpida desde el día 02/08/1988 hasta el día 30/04/2021." y "la existencia de la relación laboral no se encuentra controvertida ... Pero en el caso dicha relación se encontró carente de registración legal."
- Cómputo y montos liquidados por el tribunal (extracto): "Períodos a liquidar: 33 ... Subtotal 1 ... $ 7.635.317,78. ... Subtotal 2 ... $ 3.817.398,16. a la que se le debe sumar la arribada en el ítem subtotal 1 de $ 7.635.317,78. = $ 11.452.715,94."
- Sobre aplicación de sanciones y multas: "Conforme se desprende de los TCL acompañados, la actora ha cumplido con el requisito de procedencia del art. 2 de la ley 25.323 cual es la intimación fehaciente al pago de los rubros indemnizatorios reclamados hasta la fecha no cancelados. Por consiguiente, corresponde acceder a su petición..."
- Votos: El Dr. Ortega votó en primer término y propuso la sentencia; la Dra. Rodríguez Traversa y el Dr. Bertolotti adhirieron "con idéntico alcance a su voto emitido en primer término". El bloque dispositivo final coincide con la propuesta y fue tomado por mayoría.
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