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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PEPE ANTONIO MARCELO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial contra Antonio Marcelo Pepe por una deuda tributaria por $147.303,80. El Tribunal ordenó ejecutar hasta el pago íntegro del capital más intereses conforme al artículo 104 del Código Fiscal y condenó en costas al vencido.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Deuda tributaria $147.303 80 Intereses art. 104 codigo fiscal Notificacion y apercibimiento Perdida del derecho por inactividad procesal Costas a la vencida Constitucion de domicilio judicial Ley 13.406 / cpcc articulos 540 549 116 155

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: PEPE, ANTONIO MARCELO. Objeto: Ejecución de deuda de capital por PESOS CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TRES CON OCHENTA CENTAVOS ($147.303,80) más intereses desde la interposición de la demanda (08/03/23) conforme artículo 104 del Código Fiscal. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del capital reclamado más intereses; se impusieron las costas a la vencida y se constituyó domicilio del demandado en los estrados del Juzgado por hallarse debidamente anoticiado del apercibimiento.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo, lenguaje original): "Habiendo sido el demandado PEPE, ANTONIO MARCELO intimado de pago en el domicilio de calle Rodriguez Peña Nº 1886, Piso 4° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.). Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado PEPE, ANTONIO MARCELO haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TRES CON OCHENTA CENTAVOS ($ 147.303,80). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 08/03/23
- y hasta su efectivo pago. 2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts 1,2,9, 10 y concs ley 14967 y modificatorias). 3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 15/06/23, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifíquese."

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