VIMERCATI MARCELA FABIANA C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
La actora pidió el reconocimiento y liquidación de la bonificación por antigüedad al 3% sobre la totalidad de sus años de servicio y diferencias salariales. El Tribunal hizo lugar, declaró inconstitucionales las normas que redujeron o suprimieron la bonificación y ordenó el pago de las diferencias desde el 06/12/2021 más intereses y costas a la Provincia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Marcela Fabiana Vimercati, agente de la Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires, con 32 años de antigüedad reconocida.
Demandado: Provincia de Buenos Aires (Contaduría General).
Objeto: Reconocimiento y liquidación de la bonificación por antigüedad al 3% por todos los años de servicio y pago de las diferencias salariales derivadas, con intereses y costas; declaración de inconstitucionalidad de normas que redujeron o suprimieron el porcentaje.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad de las normas indicadas (leyes y decreto) que redujeron o suprimieron la bonificación; se ordenó a la Contaduría General liquidar y abonar la bonificación al 3% por todos los años de servicio y pagar las diferencias desde el 06/12/2021; se aplicaron intereses y se impusieron costas a la parte demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Tiene dicho la Corte Suprema de Justicia de la Nación que 'el Estado puede reducir los salarios de sus agentes, salvo que la Constitución Nacional expresamente garantice su intangibilidad, pero para que ello encuentre sustento en nuestra Ley Suprema, debe cumplir ciertos requisitos: que la reducción se adopte ante situaciones excepcionales de emergencia, tenga efectos generales y vigencia para el futuro en forma transitoria y no resulte confiscatoria, es decir, no desnaturalice el derecho a la retribución' (del dictamen del Procurador General que la Corte hace suyo, CSJN, Fallos 323:1566, Guida y 326:1138, Müller)."
"La legislación sub examine ha transgredido esos límites, ya que no impone una limitación razonable y temporaria a la integridad salarial de los agentes públicos, fundada en razones de emergencia y en el interés general (conf. CSJN, Fallos 325:2059, Tobar)."
"En otras palabras, la disminución en el porcentual de la bonificación constituye un retroceso en la composición de la remuneración, incompatible con el principio [de progresividad] consagrado en la Constitución Provincial y en los tratados internacionales..."
Dispositivo:
"FALLO:
1.
- Hacer lugar a la demanda promovida por la Sra. Marcela Fabiana Vimercati, DNI 20.012.861, reconociendo el derecho de la accionante a percibir la bonificación por antigüedad respectiva a todos los años incluidos en su cómputo en un 3% y, en consecuencia, declarando la inconstitucionalidad de las siguientes normas: artículo 42 de la ley 11739; artículo 1 del decreto 240/96; artículo 37 de la ley 11905; artículo 29 de la ley 12062; artículo 27 de la ley 1.232; artículo 27 de la ley 12396; artículo 24 de la ley 12575; artículo 24 de la ley 13154 y artículos 1 y 2 de la ley 13.354.
2.
- Ordenar a la Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires liquidar y abonar la bonificación por antigüedad correspondiente a todos los años de servicio de la accionante en un 3%, junto con las diferencias salariales reclamadas, desde el día 06/12/2021.
3.
- Imponer las costas a la parte demandada en su calidad de vencida..."
(Se consignan además los fundamentos relativos a la aplicación del principio de igualdad, la prohibición de regresividad en materia de derechos sociales y la imposición de intereses: interés puro 6% anual desde el devengamiento hasta la firmeza y, desde la firmeza hasta el pago, la tasa pasiva más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires).
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