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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MORILLA DANIEL ADRIAN S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial contra Morilla Daniel Adrián por deuda tributaria por $4.114.341,70. El Tribunal ordenó la ejecución hasta el íntegro pago del capital reclamado más intereses desde el 11-05-2026, impuso las costas a la vencida y constituyó domicilio judicial de la demandada.

Apremio provincial Ejecucion Deuda tributaria Fisco provincia de buenos aires Interes art. 104 codigo fiscal Costas a la vencida Domicilio constituido Negativa a oponer excepciones $4.114.341 70 Interposicion 11-05-2026.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Morilla Daniel Adrián. Objeto: Ejecución de deuda por capital reclamado de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO CATORCE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 70/100 ($4.114.341,70) más intereses. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del monto reclamado, con aplicación de intereses conforme al artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (11-05-2026) hasta su efectivo pago; se impusieron las costas a la vencida; se difirió la regulación de honorarios; y se tuvo por constituido domicilio judicial de la demandada en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo, lenguaje original): "Habiendo sido la demandada MORILLA DANIEL ADRIAN intimada de pago en el domicilio de AV CALLAO 420 PISO:13° DEPTO.:B CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (ver mandamiento acompañado) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155, concs. del C.P.C.C. y 25 ley 13406). Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C.," "RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada MORILLA DANIEL ADRIAN haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO CATORCE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 70/100 ($4.114.341,70). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/2011) desde la interposición de la demanda, -día 11-05-2026
- y hasta su efectivo pago. 2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (artículos 15 ap. 2º y 22 ley 13.406). 3) Hallándose la demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 13-05-2026, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese y Notifíquese (artículos 24 ley 13.406, ley 15007 y Ac. 4013)."
- Observaciones relevantes: se consignan los fundamentos procesales para considerar perdido el derecho a oponer excepciones (arts. 116, 155 CPCC y art. 25 ley 13.406) y la aplicación de intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal desde el 11-05-2026.

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