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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ THE CLASSIC TRADE SA S/ APREMIO PROVINCIAL

Apremio provincial contra THE CLASSIC TRADE SA por deuda fiscal por $546.194,80. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta el pago integral del capital y aplicó intereses desde la interposición de la demanda; impuso las costas a la vencida y constituyó domicilio procesal en los estrados.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Intereses art.104 codigo fiscal Fisco provincia de buenos aires The classic trade sa Costas a la vencida Constitucion de domicilio procesal Ley 13.406 Mandamiento de intimacion Montos ($546.194 80).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: THE CLASSIC TRADE SA. Objeto: Ejecución apremio provincial por capital reclamado de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 546.194,80) más intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (19-04-2024) hasta su efectivo pago. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del monto reclamado con intereses, se impusieron las costas a la vencida y se constituyó domicilio procesal de la demandada en los estrados por hallarse debidamente anoticiada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes, con lenguaje original del tribunal): "Habiendo sido la demandada THE CLASSIC TRADE SA intimada de pago en el domicilio de PARAGUAY 541 PISO:2° CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (ver mandamiento acompañado) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155, concs. del C.P.C.C. y 25 ley 13406)." "Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada THE CLASSIC TRADE SA haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 546194,80 ). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/2011) desde la interposición de la demanda, -día 19-04-2024
- y hasta su efectivo pago. 2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (artículos 15 ap. 2º y 22 ley 13.406). 3) Hallándose la demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 08-05-2024, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese y Notifíquese (artículos 24 ley 13.406, ley 15007 y Ac. 4013)."

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