FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ELEONORI LUIS MARIANO S/ APREMIO
El Fisco provincial promovió apremio fiscal contra Luis Mariano Eleonori por deuda tributaria y se ordenó la traba de ejecución, con remate hasta obtener el pago total. El Tribunal declaró perdidos los derechos por rebeldía procesal, condenó al ejecutado al pago de PESOS 1.309.005,70 más intereses y costas, y difirió la regulación de honorarios del apoderado fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Demandado: Sr. LUIS MARIANO ELEONORI.
Objeto: Ejecución por apremio fiscal para el cobro de una deuda tributaria cuyo capital reclamado asciende a PESOS UN MILLON TRESCIENTOS NUEVE MIL CINCO CON SETENTA CENTAVOS ($1.309.005,70), con sus intereses.
Decisión: Se hizo lugar a la ejecución, ordenándose la traba y continuidad del trámite de remate hasta que el ejecutado pague íntegramente la suma reclamada más intereses; costas a cargo del ejecutado; se difiere la regulación de honorarios del apoderado fiscal; se le tiene por constituido domicilio en los estrados por rebeldía procesal.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales del fallo):
"I.
- Atento al estado de estas actuaciones, siendo que la parte demandada fue notificada en el domicilio fiscal constituído sito en calle Buenos Aires N° 355 de la localidad de Conesa en la Provincia de Buenos Aires (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, texto según Ley 14.333) sin que haya opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido; procede darle por perdido el derecho dejado de usar y dictar este pronunciamiento (arts. 7, 9 Ley 13.406, 155 y 549 C.P.C.C.), el que para la parte ejecutada quedará notificado ministerio de ley en los estrados de este juzgado (art. 13 última parte de la ley 13.406)."
"II.
- Por ello, conforme con lo pedido, la deuda que resulta del título ejecutivo base de este apremio, y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, texto ordenado año 2.011.-"
"FALLO: 1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado Sr. LUIS MARIANO ELEONORI haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS NUEVE MIL CINCO CON SETENTA CENTAVOS ($1.309.005,70), con más sus intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397, texto ordenado año 2.011 y con costas a su cargo (arts. 68 y 556 C.P.C.C.).-"
"2º) Difiérese la regulación de los honorarios profesionales de la Apoderada Fiscal, hasta tanto obre en autos, liquidación firme (art. 51, Ley 14967)."
"3º) No habiendo la parte demandada, dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituído el domicilio en los estrados del juzgado (art. 13 última parte Ley 13.406)."
- Observaciones sobre el procedimiento: Se agrega mandamiento de intimación de pago y embargo debidamente diligenciado y se dispone notificación por ministerio de ley en estrados.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: