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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ RODRIGUEZ CARLOS EDUARDO Y OTRO/A S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial para cobrar una deuda tributaria por $1.017.218,60 más intereses. El Tribunal hizo lugar al apremio, ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro, impuso costas al vencido y constituyó domicilio en los estrados del juzgado.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Deuda tributaria $1.017.218 60 Interes art. 104 codigo fiscal Constitucion de domicilio Costas al vencido Ley 13.406 Postergacion regulacion de honorarios.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Carlos Eduardo Rodriguez y Amelia Susana Rohr. Objeto: Ejecución/apremio provincial por el capital reclamado de PESOS UN MILLÓN DIECISIETE MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO CON 60/100 ($1.017.218,60) más los intereses del art. 104 del Código Fiscal desde la fecha de interposición de la demanda hasta el efectivo pago. Decisión: El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta tanto los demandados efectúen el pago íntegro del capital reclamado más intereses; impuso las costas al vencido; postergó la regulación de honorarios conforme al artículo 51 de la ley 14967; y tuvo por constituido el domicilio de la demandada en los estrados del Juzgado quedando notificada ministerio legis.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, con lenguaje original del tribunal): "Agréguense los mandamientos diligenciados acompañados por la parte actora en formato electrónico. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones dentro del término legal, conforme lo dispuesto por la Ley 13.406, habiendo sido intimado de pago y notificado de la presente en el domicilio FISCAL/DENUNCIADO: CALLE 11
- NRO. 655
- CP. 7107
- LOC. SANTA TERESITA; FALLO: 1) Mándese llevar adelante la ejecución hasta tanto los demandados CARLOS EDUARDO RODRIGUEZ y AMELIA SUSANA ROHR hagan al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado de PESOS UN MILLÓN DIECISIETE MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO CON 60/100 ($1.017.218,60) con más los intereses del art. 104 del Código Fiscal, desde la fecha de interposición de la demanda y hasta el día del efectivo pago, imponiendo las costas al vencido (art. 68, 556 del CPCC). 2) Postérguese la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista en el artículo 51 de la ley 14967. 3) Tiénese a la demandada por constituído el domicilio en los Estrados del Juzgado, quedando notificada "ministerio legis" de la presente y futuras resoluciones que recayeran en autos (arts. 13 y 25 Ley 13.406; 41 y 133 del CPCC). REGISTRESE. La presente se notifica conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 SCBA." (Se consignan además como hechos relevantes: la ausencia de oposición de excepciones por parte de los demandados dentro del término legal y la notificación/instancia de intimación de pago en el domicilio fiscal denunciado.)

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