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FLOREZ JUAN Y OTRO/A C/ AVILA CARLOS Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Acción de daños y perjuicios por accidente de tránsito contra conductor y aseguradoras. El Tribunal hizo parcialmente lugar a la demanda: declaró civilmente responsable a Carlos Armando Ávila y lo condenó a pagar $5.456.898,90 a Juan Florez y $2.000.000 a Fernando D. Florez; desestimó las pretensiones contra Molins y Escudo Seguros S.A.

Danos y perjuicios Accidente de transito Responsabilidad objetiva Riesgo de la cosa Indemnizacion Dano moral Reparacion material Privacion de uso Desestimacion contra aseguradora Interes moratorio 6%/tasa pasiva bco. provincia.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Juan Florez (propietario del Dodge SZM 847) y Fernando Daniel Florez (conductor). Demandado: Carlos Armando Ávila (conductor del VW Polo EZE 023) y, subsidiariamente o en garantía, Grupo Segral Seguros, Gustavo Raúl Molins (productor) y Escudo Seguros S.A. Objeto: resarcimiento por daños materiales del vehículo, privación de uso, desvalorización del rodado; por las lesiones de Fernando: gastos farmacéuticos, tratamiento médico y psicológico, incapacidad sobreviviente, pérdida e incapacidad laborativa, traslados, daño moral, más costas y accesorios. Decisión: se hizo parcialmente lugar a la demanda. Se responsabiliza civilmente a Carlos Armando Ávila y se lo condena a pagar $5.456.898,90 a favor de Juan Florez y $2.000.000 a favor de Fernando Daniel Florez, más intereses conforme lo explicitado en el considerando; se desestima la demanda contra Gustavo Raúl Molins y contra Escudo Seguros S.A. (disuelta y en liquidación), con costas en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En virtud de lo expuesto, no cabe sino concluir afirmativamente la responsabilidad civil del demandado por el evento que motivara estas actuaciones (arts. 1722, 1757 y 1769 CCyC). Consecuentemente, a continuación, se analizarán los rubros indemnizatorios reclamados en la demanda." "En consecuencia, se determina que a la fecha de este decisorio la cuantía por reparaciones materiales del vehículo ascienda a la suma de $ 4.256.898,90 (arts. 375, 384 y 474 CPCC)." "Estimando el padecimiento espiritual que para el actor Fernando Daniel Florez pudo haber derivado del hecho, con ponderación de las condiciones personales en la medida en que surgen del expediente, se concede la suma de $ 2.000.000 por el presente capítulo (art. 1741 CCyC)." "Por todo lo expuesto, corresponde desestimar la demanda interpuesta contra Gustavo Raúl Molins y contra Escudo Seguros S.A. (actualmente disuelta y en trámite de liquidación judicial), con costas en el orden causado (art. 68 segundo párrafo CPCC)." Bloque dispositivo (FALLO): "1) Desestimando la demanda interpuesta contra Gustavo Raúl Molins y contra Escudo Seguros S.A. (actualmente disuelta y en trámite de liquidación judicial), con costas en el orden causado (art. 68 segundo párrafo CPCC). 2) Haciendo lugar a la demanda promovida por JUAN FLOREZ y FERNANDO DANIEL FLOREZ contra CARLOS ARMANDO ÁVILA; condenando a este último a abonar la suma de $ 5.456.898,90 en favor de Juan Florez y la suma de $ 2.000.000 en favor de Fernando Daniel Florez. Ello, con más los intereses fijados en el considerando respectivo y dentro del plazo de diez días de quedar firme la presente. 3) Imponiendo las costas de la acción principal al demandado Carlos Armando Ávila en el carácter de vencido (art. 68 CPCC). 4) Difiriendo la regulación de honorarios para el momento procesal oportuno y de conformidad a la legislación correspondiente. 5) Estableciendo que la tasa de justicia deberá ser abonada por la parte demandada condenada, liquidándose una vez firme la presente, respetando el privilegio legal." (No constan votos en disidencia; la resolución es de un/a Juez/a de Tribunal de Primera Instancia.)

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