B.P.B.A. C/A.C.M. S/COBRO EJECUTIVO
El actor promovió cobro ejecutivo contra Abrego por obligaciones derivadas de tarjeta de crédito. El Tribunal hizo lugar a la aclaratoria por error material disponiendo que la fecha de la mora respecto de la Tarjeta de Crédito Visa fue el 2/10/2023, conforme lo denunciado en el escrito inicial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Demandado: Abrego Cristian Maximiliano.
Objeto: Cobro ejecutivo vinculado a Tarjeta de Crédito Visa.
Decisión: Se admitió la aclaratoria y se aclaró la sentencia de fecha 17/03/2026, dejando establecido que la fecha de la mora respecto de la Tarjeta de Crédito Visa se produjo el día 2/10/2023. Se registró la aclaración con relación al Registro n° RS 236 del día 17/03/2026 y se ordenó notificar por Secretaría y por medios electrónicos/cédula.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literalmente):
"De conformidad con lo pedido, y siendo exacto lo expuesto, habiéndose incurrido en un error material involuntario en el dictado de la sentencia de fecha 17/03/2026, atento lo normado el art. 166 inc. 2º del CPCC., RESUELVO: Aclarar la misma en el sentido de dejar establecido que la fecha de la mora respecto de la Tarjeta de Crédito Visa, se produjo el día 2/10/2023, conforme fuera denunciado en el escrito de inicio. REGISTRESE con relación al Registro n° RS 236 del día 17/03/2026."
"NOTIFÍQUESE POR SECRETARÍA, remitiéndose copia digital de la presente a los domicilios electrónicos de las respectivas partes que se detallan a continuación y cédula a la parte demandada:
Parte actora: 27125886081@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR
El presente se notifica en los términos del art. 10 del Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos, Anexo Único, del Ac. 4013/2021 de la S.C.B.A.."
(Firmado digitalmente por GABRIELA FERNANDA GIL, JUEZ EN LO CIVIL Y COMERCIAL)
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