BORDON BLANCA GENOBEBA Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO
Incidente sucesorio para rectificar identidad personal en expediente de sucesión ab-intestato. El Tribunal hizo lugar al pedido y declaró, a solo efecto del presente sucesorio, que existe identidad entre BLANCA GENOVEVA BORDON y BLANCA GENOBEBA BORDON; además tuvo por acreditado el pago de aportes previsionales respecto de honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Dr. Montesano Walter Ernesto (peticionante del incidente y quien presentó la documentación).
Demandado: BORDON BLANCA GENOBEBA y otro/a, en el marco de la sucesión ab-intestato.
Objeto: Pedido de declaración de identidad entre dos variantes del nombre (BLANCA GENOVEVA BORDON y BLANCA GENOBEBA BORDON) a efectos del trámite sucesorio; y reconocimiento/acreditación del pago de aportes previsionales respecto de honorarios regulados.
Decisión: Se hizo lugar al pedido de identidad y se declaró que ambas formas del nombre corresponden a la misma persona; asimismo, se tuvo por acreditado el pago de los aportes previsionales relacionados con honorarios y se dejó constancia de la carta de pago y del cumplimiento de lo ordenado en la resolución referida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes relevantes del proveído):
"AUTOS Y VISTOS: De conformidad con lo solicitado, y atento surge de las partidas y documentos adjuntos en formato PDF al escrito DEMANDA
- SE PRESENTA (252500438026992664) (certificado de defunción y escritura N°62 del día 25/03/1983), declárase al solo efecto del presente sucesorio que existe identidad entre BLANCA GENOVEVA BORDON y BLANCA GENOBEBA BORDON , tratándose de una misma y única persona. REGISTRESE en relación al Nº 548. NOTIFIQUESE.
- De ser necesario expídase testimonio.-"
"I. Con la documentación acompañada en PDF, téngase por acreditado el pago de los aportes previsionales correspondientes a honorarios regulados en la resolución caratulada D. H.
- INSCRIPCION / SE RESUELVE (254500438029590929) del 18/08/2026 en favor del Dr. MONTESANO WALTER ERNESTO (art.21 de la ley 6716). Téngase al escrito en despacho por suficiente carta de pago respecto de los honorarios regulados en el auto D. H.
- INSCRIPCION / SE RESUELVE (254500438029590929) del 18/08/2026."
Además, se ordenó: "Notifiquese a en forma directa por Secretaría al domicilio electrónico 20297539613@notificaciones.scba.gov.ar en virtud del Reglamento para las notificaciones por medios electrónicos ( Ac. SCBA 4013, t.o. AC.4039/2021)."
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