SCHENK CARLOS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a la ANSeS solicitando el reajuste de haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de diversos topes. El juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes, ordenó a la ANSeS a proceder a la liquidación en 120 días desde la firmeza y confirmó la validez del sistema de movilidad del Decreto 274/24.
¿Quién es el actor?
SCHENK CARLOS ALBERTO.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales concedidos en virtud de la ley 24.241, impugnación de la constitucionalidad de normas y condena al pago de diferencias y acreencias retroactivas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda en cuanto a los topes cuestionados y se ordenó a la ANSeS que, dentro del plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme, proceda conforme lo dispuesto; los haberes modificados deberán abonarse en ese plazo; las acreencias retroactivas deberán computarse con los intereses fijados y atendida la prescripción; se confirmó la validez del sistema de movilidad del Decreto 274/24; respecto de otras inconstitucionalidades, se remite a los considerandos; costas a la ANSeS y se regulan honorarios (15% sobre el crédito resultante).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del decisorio):
"2. La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad
- de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito
- y hago lugar a la misma para el caso de existir sumas en favor del reclamante, desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio."
"4. Debo referir en relación a la pretensión de actualización del componente PBU, que dejo a salvo mi criterio por el que entiendo que en virtud de lo dispuesto por el artículo 4º de la ley 26417, la PBU dejó de estar vinculada con el valor del AMPO /MOPRE, y pasó a tener un valor fijo ($326). ... Ahora bien, teniendo en cuenta lo actualmente dispuesto por las tres Salas de la Cámara Federal de la Seguridad Social ... resultaría de aplicación el precedente de la CSJN 'Quiroga Carlos Alberto c.ANSeS' sent. del 11/11/14, fallo en el que se vincula su cálculo a las variaciones salariales y en la medida en que importe –como allí reza
- una quita Superior al 15%."
"7. En lo que respecta a la movilidad del haber que pudiere quedar redeterminado en base a lo resuelto hasta ahora, será de aplicación lo dispuesto en el Decreto 274/24, siguientes y concordantes; que fijan el IPC como regla de movilidad, manteniendo el equilibrio entre el beneficio y su valor real, logrando sustentar la proporcionalidad necesaria para evitar la depreciación de la prestación adquirida. Por lo que corresponde ratificar su validez constitucional."
- Observaciones sobre inconstitucionalidades y ejecución: el juez declaró inconstitucional el artículo 14.2 de la Res. SSS 6/09 (actualizada por Res. 03/21) por exceder la facultad reglamentaria al imponer un tope, y dejó para liquidación y análisis actuarial la posible confiscatoriedad del art. 26 de la ley 24.241 si la merma supera el 15%, conforme a la doctrina 'Actis Caporale'. No consta disidencia.
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