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EMPRENDIMIENTO LA LUISINA S.R.L. C/ GUTIERREZ JUAN JOSÉ S/ COBRO EJECUTIVO

El actor promovió cobro ejecutivo contra Juan José Gutiérrez por incumplimiento de pagarés solicitando ejecución e intereses. El Tribunal hizo lugar a la ejecución ordenando remate hasta el pago íntegro de $2.676.747 con intereses desde las moras del 03/02/2024; 13/04/2024 y 11/07/2024 a la tasa activa del Banco Provincia y conforme lo solicitado, imponiendo costas a la demandada.

Cobro ejecutivo Pagare Ejecucion y remate Mora (03/02/2024 13/04/2024 11/07/2024) Intereses (tasa activa banco provincia) Costas Domicilio constituido Perencion de defensas procesales (arts. 116 y 155 cpcc) Capital adeudado $2.676.747 Regulacion de honorarios diferida observacion: no consta decision de segunda instancia en el expediente provisto Por lo que el resultado de la apelacion no puede ser determinado a partir de este fallo.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Emprendimiento La Luisina S.R.L. Demandado: Juan José Gutierrez Objeto: Ejecución por pago de pagarés y capital adeudado; ejecución, trance y remate hasta el pago de la deuda. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se manda llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor haga a la acreedora íntegro pago del capital adeudado de $2.676.747; corren los intereses desde las moras indicadas hasta su efectivo pago a la tasa activa del Banco Provincia; se imponen las costas a la demandada; se difiere la regulación de honorarios; se constituye domicilio en los estrados del Juzgado y se notifica conforme rito.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes del fallo): "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del Código Procesal Civil y Comercial)." "Con relación a los intereses solicitados, correrán a partir de las moras operadas el 03/02/2024; 13/04/2024 y 11/07/2024 y hasta su efectivo pago, los cuales no podrán exceder la 'tasa activa restantes operaciones en pesos' que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires, aplicando así un criterio que hoy entiendo como más equitativo y ajustado a derecho (arts. 565 del Código de Comercio s. Ley 2637 y modif.; arts. 621, 622, 656 y concs. del Código Civil s. Ley 340 y modif.; arts. 5° y 52, inc. 2°, primera parte del Dec. Ley 5.965/63; art. 771 CCyC)." "Teniendo en cuenta la cláusula 'sin protesto' contenida en el título, la fecha del vencimiento del pagaré determina la mora del deudor (CALZ Sala II Ca. 12780 R/I/1014)." Bloque dispositivo final: "FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor Juan Jose Gutierrez haga a la acreedora Emprendimiento La Luisina S.R.L. íntegro pago del capital adeudado de $2.676.747.
- (pesos dos millones seiscientos setenta y seis mil setecientos cuarenta y siete) corriendo desde la mora (03/02/2024; 13/04/2024 y 11/07/2024) la tasa de interés referida en el considerando 2. Impónense las costas a la demandada (arts. 68 y 556 Código Procesal Civil y Comercial). Difiérese la regulación de honorarios (art. 51 ley 8904). Tiénese por constituído el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado (art. 41 del Código Procesal Civil y Comercial), quien fuera intimado de pago sito en Calle Timoteo Gordillo 1552, Banfield, Lomas de Zamora, provincia de Buenos Aires, notificándose la presente y siguientes resoluciones en los términos dispuestos por los arts 41 y 133 del rito. REGISTRESE. NOTIFIQUESE."

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