ADA SUSANA ELSA C/ IOMA S/ AMPARO
La actora promovió acción de amparo para obtener cobertura integral de internación domiciliaria permanente, enfermería 24 horas, kinesiología, medicación e insumos. El Tribunal hizo lugar al amparo y convirtió en definitiva la medida cautelar, ordenando a IOMA garantizar la cobertura integral reclamada en el plazo de cinco días por la grave situación de salud y la prescripción médica.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Susana Elsa Ada, representada por su apoderado Eduardo Héctor Falcón.
Demandado: Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA), Provincia de Buenos Aires.
Objeto: Cobertura gratuita e integral de internación domiciliaria permanente con asistencia de enfermería 24 horas capacitada para manejo de sonda vesical permanente; asistencia kinesiológica tres veces por semana; medicación al 100%; insumos médicos (pañales, sonda vesical, material de mantenimiento de sonda, laxantes, material de higiene y curación, bolsa recolectora de orina) y silla de ruedas.
Decisión: Se hizo lugar al amparo, se convirtió en definitiva la medida cautelar otorgada el 28/5/2026 y se condenó a IOMA a garantizar la continuidad de la cobertura integral solicitada dentro de cinco (5) días. Se impusieron las costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
"Así las cosas, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha explicitado que el derecho a la vida es el primer derecho natural de la persona humana preexistente a toda legislación positiva que resulta garantizado por la Constitución Nacional y que la vida de las personas y su protección -en especial el derecho a la salud
- constituyen un bien fundamental en sí mismo, que, a su vez, resulta imprescindible para el ejercicio de la autonomía personal..."
"Bajo tales premisas, y analizando el escenario que presenta Susana a la luz -insisto
- de las prescripciones y constancias médicas acompañadas, lo cual resultara analizado ya oportunamente al momento del otorgamiento de la medida cautelar que advino incuestionada en el sublite, así como acreditada su condición de afiliada a la obra social IOMA y demás constancias de las actuaciones digitales (carnet, copias de DNI, certificado medico), corresponde dictar sentencia y convertir en resolución definitiva la medida cautelar dispuesta por auto de fecha 28/5/2026..."
FALLO (extracto dispositvo): "1) Haciendo lugar a la acción constitucional de amparo promovida por Eduardo Hector Falcon en su carácter de apoderado de su madre SUSANA ELSA ADA... convirtiendo en definitiva la medida cautelar dispuesta por auto de fecha 28/5/2026 y, en consecuencia, condenando a la demandada para que en el plazo de cinco (5) días, garantice la continuidad de la integra cobertura que demande la asistencia domiciliaria permanente con asistencia de personal de enfermería capacitado para el manejo de la sonda vesical permanente, que comprenda asimismo atención kinesiológica tres veces por semana; medicación indicada en su totalidad al 100%; insumos médicos necesarios (pañales, sonda vesical, material para mantenimiento de sonda vesical, laxantes, material de higiene y curación, bolsa de recolección de orina) y silla de ruedas..."
(Se consignan además fundamentos constitucionales y convencionales citados en el fallo, así como la constatación de la edad (86 años) y el cuadro médico que justificó la tutela urgente y la medida cautelar previa.)
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