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MORALES, PEDRO PABLO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo por reajustes de haberes previsionales y aplicación de movilidad. La Cámara Federal de Salta hizo lugar parcialmente al recurso de la ANSES y revocó la aplicación de la movilidad correspondiente a marzo de 2018, por entender que ese período resulta inaplicable al actor cuya fecha de adquisición de derecho fue el 11/10/2020.

Anses Reajustes Movilidad marzo 2018 Fecha de adquisicion de derecho (11/10/2020) Prestacion basica universal Retroactivos Impuesto a las ganancias Isbic Confirmacion parcial Costas.


¿Quién es el actor?

Pedro Pablo Morales.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes/recálculo del haber inicial jubilatorio, aplicación de movilidad y ajuste de la Prestación Básica Universal, junto con la determinación de retroactivos y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso interpuesto por ANSES y, en consecuencia, revocó lo resuelto en la instancia de grado respecto de la aplicación de la movilidad del período marzo de 2018, dejando constancia de que dicho período resulta inaplicable al caso por haberse adquirido el derecho el 11/10/2020. Confirmó, en cambio, lo demás resuelto en la sentencia de origen (cuestiones sobre recálculo conforme Elliff/ISBIC, tratamiento de la PBU y la improcedencia de retenciones por impuesto a las ganancias). Ordenó sin costas la Alzada por falta de contradictorio.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "7) Que respecto al agravio referido a la movilidad del período marzo de 2018, corresponde admitir el recurso interpuesto por la demandada y revocar lo resuelto al respecto en la instancia de grado. Ello así, toda vez que dicha pauta resulta inaplicable al caso de autos, en atención a que la fecha de adquisición de derecho (FAD: 11/10/2020) es posterior al período indicado, no revistiendo el actor la calidad de beneficiario durante el mismo." "5) Que en lo relativo al cuestionamiento vertido contra la improcedencia de retención en concepto de impuesto a las ganancias, toda vez que lo decidido concuerda con la doctrina sentada por esta Cámara Federal de Apelaciones de Salta en pleno en los autos “Percivaldi, Roberto c/ANSeS”, sentencia del 29 de diciembre de 2020, en la que se determinó -siguiendo precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre el asunto
- que los retroactivos adeudados por la Administración Nacional de la Seguridad Social por reajustes ordenados en sentencias judiciales no resultan ser ganancias gravadas de conformidad con las disposiciones de la ley 20.628, procede el rechazo del agravio." "4) Que sobre el reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), este Tribunal entiende que el agravio del organismo previsional no puede prosperar, toda vez que lo resuelto en la instancia anterior no le causa un perjuicio concreto. Ello es así por cuanto, al revisar los considerandos de la sentencia de grado (punto IV), se observa que el a quo no ordenó un reajuste, sino que aplicó el criterio de la CSJN en el caso "Quiroga, Carlos Alberto" y difirió expresamente la valoración de su procedencia para la etapa de ejecución de sentencia."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia en el acuerdo final transcripto.

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