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G., S.D.P. (POR LA REPR. INVOCADA) c/ OSPLAD s/AMPARO LEY 16.986

Amparo por cobertura médica integral solicitada por la esposa del afiliado contra OSPLAD para suministrar estudios, quimioterapia e insumos post-quirúrgicos. El Juzgado Federal de Paraná hizo lugar al amparo y ordenó a OSPLAD otorgar cobertura total y sin coseguros de los estudios, medicación (OXALIPLATINO, CAPECITABINA, ONDANSETRON por 6 ciclos) y los insumos de ileostomía, imponiendo costas y regulando honorarios por $2.188.620 y $2.084.400.

Amparo Salud Obra social Osplad Quimioterapia Oxaliplatino Capecitabina Insumos de ileostomia Pet tc Rmi multiparametrica.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Sra. S.d.P.G., en representación de su esposo, el Sr. S.M.M. Demandado: Obra Social para la Actividad Docente (OSPLAD). Objeto: Cobertura total e integral, al 100% y sin pago de coseguros ni reintegros, de: RMI de pelvis multiparamétrica; PET CT para estadificación; marcadores tumorales; esquema farmacológico (OXALIPLATINO 100 mg 2 ampollas; OXALIPLATINO 50 mg 1 ampolla; CAPECITABINA 500 mg caja x120; ONDANSETRON 8 mg 3 ampollas) por seis ciclos cada 21 días; y insumos de ileostomía (Bolsas Sensura Mío XXL cod. 18378 caja x30; removedor de adhesivo spray cod.12105 x10; sello protector brava cod.12039 caja x30; adhesivo elástico brava cod.12070 2 cajas x20), conforme prescripciones médicas y mientras fuere médicamente necesario. Decisión: Se hizo lugar a la acción de amparo y se ordenó a OSPLAD otorgar de manera inmediata la cobertura total e integral, al 100%, sin coseguros ni reintegros, de los estudios, medicación y insumos relacionados, en beneficio del Sr. S.M.M.; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios por las sumas indicadas en la parte resolutiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Debe señalarse que la patología que padece el esposo de la amparista, 'Cáncer de Recto', ha quedado demostrada con la documental acompañada con el promocional; también se encuentra probado la necesidad de contar con los estudios, las medicaciones y los insumos indicados por los profesionales que lo asisten." "Privar al afiliado del tratamiento indicado por el médico que lo asiste, resulta lesivo para el paciente y contrario a la función propia de todo agente de salud, afectando seriamente su vida, constituyendo una actitud arbitraria y que perjudica derechos fundamentales del esposo de la actora." "Los argumentos expuestos por la demandada para negar la cobertura no resultan acertados, por cuanto el estudio solicitado se encuentra sólidamente fundado por el médico especialista, avalado por su especialidad en la materia y su criterio médico, lo que no puede ser desconocido..." "Es de señalar que la respuesta brindada por OSPLAD, en este punto, resulta una conducta dilatoria y arbitraria, contraria a los derechos del afiliado, constituyéndose en una circunstancia que repercute negativamente en su salud, afectando seriamente su vida."
- Disidencias: no se registra voto en disidencia; la parte resolutiva final expresa la decisión del juez de primera instancia.

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