RETAMAR, CARLOS GUSTAVO c/ ZENON JUAREZ, HECTOR -5- Y OTRO s/DESPIDO
El actor demandó por despido y reclamó indemnizaciones, diferencias salariales y multas por pagos fuera de registro y falta de entrega de certificados. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de grado, hizo lugar a la demanda y condenó solidariamente a Héctor Zenón Juárez y a Transportes Automotores Plusmar S.A. al pago de $2.482.488,11 más intereses según el art. 55 de la Ley 27.802.
¿Quién es el actor?
Carlos Gustavo Retamar.
- Demandados: Héctor Zenón Juárez y Transportes Automotores Plusmar S.A. (co-demandados).
- Objeto de la demanda: acción por despido con reclamo de indemnizaciones por despido incausado, diferencias salariales (porción de salario pagada "en negro" y salario de noviembre 2020), y aplicación de multas previstas por las leyes 24.013, 25.323 y 25.345 por falta de registración y entrega de certificados.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y hizo lugar a la demanda en lo principal, condenando solidariamente a Héctor Zenón Juárez y a Transportes Automotores Plusmar S.A. a pagar al actor la suma total de $2.482.488,11, la que devengará intereses en los términos del art. 55 de la Ley 27.802; además impuso costas a las co-demandadas y reguló honorarios (ver montos).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
1) "A mi juicio, los testimonios antes citados, provenientes de compañeras de trabajo que tomaron conocimiento de los hechos ... resultan coincidentes, coherentes y concordantes entre sí de modo tal que me generan la convicción de que efectivamente el Sr. Retamar cobraba, además del salario registrado en los recibos de haberes, una porción del salario de manera informal, extracontable. Digo ello pues los tres deponentes han dicho que le abonaban al actor una parte identificada con viáticos y horas extras en mano, en efectivo, y de hecho tanto Costa como Trejo lo han cuantificado en $5.000, lo que resulta sumamente similar al reclamo del demandante que lo denunció en $6.000."
2) "La solución antes propuesta conduce, necesariamente, a receptar los reclamos de Retamar tendientes al cobro de las indemnizaciones emergentes del despido incausado (Arts. 245, 232 y 233 de la L.C.T.), pues ha invocado como uno de los hechos para poner fin al vínculo, justamente, la cerrada negativa de Héctor Zenón Juárez a reconocer y registrar el pago de una fracción del sueldo por fuera de registro."
3) "Así las cosas, considerando la fecha de ingreso denunciada y reconocida (05/12/2008), la fecha de egreso establecida en Primera Instancia ... y la base de cálculo ($51.687), la liquidación quedará compuesta por los siguientes rubros y montos: ... TOTAL $2.482.488,11." (listado de rubros y totales).
4) "Finalmente, en lo relativo a los intereses, ... propongo modificar lo decidido y disponer la aplicación de intereses conforme a la tasa pasiva determinada por el BCRA en los términos del art. 55 de la Ley de Modernización Laboral..."
- Disidencia/minoría relevante: La Dra. Diana R. Cañal dejó a salvo su opinión en cuanto a la aplicación del art. 55 de la ley 27.802 (quedó en minoría respecto de la tasa/intereses), proponiendo en su lugar la declaración de inconstitucionalidad del art. 55 y la aplicación del IPC más intereses (o intereses superiores), pero dicha postura no integró la parte dispositiva mayoritaria.
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