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TAMBURRO, ELIANA c/ DELTA ARGENTINA URUGUAY S.A. s/DESPIDO

La actora reclamó indemnizaciones por despido incausado y rubros salariales contra Delta Argentina Uruguay S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de grado y rechazó los agravios relativos a la multa del art. 132bis LCT y a la forma de actualización, imponiendo costas de Alzada y regulando honorarios en el 30% de lo percibido en primera instancia.

Apelacion Despido Art. 132bis lct Decreto 146/01 Actualizacion monetaria Intereses Ley 27.802 art. 55 Costas de alzada Honorarios Camara nacional de apelaciones del trabajo.


¿Quién es el actor?

Eliana Tamburro.

¿A quién se demanda?

Delta Argentina Uruguay S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido incausado, rubros salariales adeudados y aplicación de distintas multas laborales (art. 132bis LCT; arts. 9, 10 y 15 Ley 24.013; art. 45 Ley 25.345), con discusión sobre la forma de actualización e intereses aplicables.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia definitiva de grado del 18/03/2025 en todo lo que fuera materia de agravios; se impusieron las costas de Alzada en el orden causado; se regularon los honorarios de Alzada en el 30% de lo que cada representación deba percibir por las tareas cumplidas en la instancia anterior, más IVA; y se ordenó el registro, notificación y remisión a primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): 1) Sobre la multa del art. 132bis y la intimación: "En cuanto al agravio relacionado con la procedencia de la multa del Art.132bis de la L.C.T., diré primeramente que tal como surge de lo dispuesto por el art. 116 de la L.O. y lo ha sostenido invariablemente la jurisprudencia, expresar agravios supone formular una crítica concreta y razonada... Desde tal punto de partida, es claro que no supone el cumplimiento de dicha carga la escueta fundamentación vertida por la Sra. Tamburro ... No conforme con ello, luce del intercambio telegráfico traído por la actora a la causa que intimó en los siguientes términos '… Proceda a efectivizar los correspondientes descuentos en concepto de aportes y contribuciones depositando los mismos ante los organizamos de la Seguridad Social, sindicales y previsionales, bajo apercibimiento de ley todo bajo apercibimiento de hacerme acreedor de multas Art. 132 bis LCT …'. Sobre el particular, es y ha sido mi invariable criterio que el genérico requerimiento a ingresar 'aportes retenidos', sin identificación concreta de los períodos y conceptos ... no resulta suficiente para tener por configurada la intimación fehaciente prevista en el Art. 1 del Decreto 146/01 ... Por ello, teniendo en cuenta lo manifestado respecto de la incompatibilidad del memorial de agravios con lo dispuesto en el Art. 116 de la L.O., además del tenor de las intimaciones cursadas y lo normado por el Art. 132bis de la L.C.T., propicio rechazar el agravio y confirmar la sentencia de Primera Instancia." 2) Sobre actualización e intereses y aplicación de la Ley 27.802: "En cuanto al agravio relacionado con la tasa de interés a aplicar, cabe destacar que si bien este Tribunal ha invariablemente señalado la necesidad de no soslayar el notorio proceso inflacionario... lo concreto es que el presupuesto normativo y jurisprudencial desde el cual he adherido a esta última solución se encuentra actualmente modificado por la llamada Ley de Modernización Laboral, la cual en su art. 55 dispone que en los juicios en trámite ... los créditos provenientes de relaciones individuales del trabajo serán actualizados a través de la aplicación de intereses moratorios ajustados a la tasa pasiva determinada por el BCRA... No encuentro que el tratamiento diferente entre los créditos anteriores y posteriores a la norma... pueda llevar a la descalificación de la previsión por contraria al orden constitucional... la metodología aplicada en la sentencia de grado, al menos a la fecha de emisión de este voto, aporta resultados superiores a los surgirían de la aplicación del referido Art. 55 de la Ley 27.802, lo cual demuestra la razonabilidad de la decisión y la imposibilidad de modificarla en el sentido indicado..."
- Voto en disidencia (relevante): la Dra. Diana R. Cañal dejó expresa reserva y discrepancia parcial en puntos concretos. En relación a la multa del art. 132 bis sostuvo que "corresponde acoger en este aspecto el agravio de la parte actora, dado que la demandada incumplió con el pago de los aportes ... (ver en especial el informe de AFIP incorporado con fecha 27/11/2024)", pero finalmente se alineó con la decisión mayoritaria para alcanzar el acuerdo. Respecto de la actualización e intereses, la Dra. Cañal desarrolló extensamente razones para considerar inconstitucional el art. 55 de la Ley 27.802 y propuso, como criterio preferente, la aplicación del índice IPC más 3% anual (o intereses superiores en su opinión), dejando "a salvo mi opinión" al quedar en minoría en algunos puntos.

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