DURIEZ CARLOS ENRIQUE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo por reajuste de haber previsional y retroactivos contra ANSeS por falta de movilidad y actualización de la PBU, PC y PAP. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo parcialmente lugar a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada, ordenó el recalculo del haber y el pago del retroactivo según las pautas del fallo y diferió el examen de inconstitucionalidades para la ejecución.
¿Quién es el actor?
Duriez Carlos Enrique.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste del haber previsional (re-determinación de la Prestación Básica Universal -PBU-, Prestación Compensatoria -PC
- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), movilidad del haber y declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (arts. de las leyes 24.241, 24.463, 27.426, 27.541, 27.609, entre otras), más reclamos sobre descuentos por Impuesto a las Ganancias y apelación por prescripción.
¿Qué se resolvió?
Se hizo parcialmente lugar a la demanda, dejando sin efecto la resolución impugnada; se ordenó a ANSeS que abone el haber recalculado y el retroactivo conforme a las pautas establecidas en la sentencia dentro de 120 días hábiles desde que quede firme; se difirió el tratamiento de las inconstitucionalidades para la etapa de ejecución; las sumas resultantes deberán abonarse íntegramente sin quita, con sujeción a los topes legales y reglas de la Corte Suprema; se impusieron las costas a ANSeS y se difirió la regulación de honorarios para la ejecución. (La redacción de la decisión coincide con el bloque dispositivO final transcripto).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"De conformidad con la documental agregada a la causa, el actor obtuvo su beneficio previsional N 15 0 9902621 0, conforme la ley 24241, por los servicios desempeñados en forma dependiente, siendo la fecha de adquisición del derecho el 21/06/2017 y la fecha de alta el 1.1.2018..."
"En consecuencia, de conformidad al criterio uniforme de las tres Salas de la Exma. Cámara de Apelaciones del Fuero, la PBU habrá de ser determinada en función del guarismo que resulte de actualizar del último valor publicado del MOPRE ($80), utilizando el índice dispuesto por el Máximo Tribunal en el precedente 'Badaro'..."
"Siendo la fecha del reclamo administrativo el 25/4/2025 (véase fs. 49 y 53-62), las diferencias retroactivas lo serán desde el 25/4/2023."
"Resuelvo que, hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto ... no podrá retenerse suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias a la prestación previsional de la parte actora."
"El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios', sentencia del 28.11.2006."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia; la sentencia es firme en la suscripción de la Dra. Karina Alonso Candis.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: